Audiencia Nacional

La Audiencia pide el embargo de los bienes del abogado de Puigdemont para indemnizar a Revilla por su secuestro

Se fijó una indemnización conjunta y solidaria de todos los condenados de 1,2 millones de euros

El abogado Gonzalo Boye, junto a Carles Puigdemont
El abogado Gonzalo Boye, junto a Carles Puigdemontlarazon

La Audiencia Nacional no quiere que Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, entre otros, se libre de pagar 1,2 millones de euros que le fue impuesta como indemnización a Emiliano Revilla en la sentencia que le condenó en 1996 a 14 años y ocho meses de cárcel por su participación en el secuestro del empresario. Esa indemnización, en concepto de responsabilidad civil, se fijó de manera conjunta y solidaria, para todos los condenados por ese secuestro que llevó a cabo la banda terrorista ETA.

Por este motivo, la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado un auto en el que acuerda que se acuerda hacer efectivo los embargos ya acordados y continuar «profundizando en la investigación patrimonial» de Boye, para hacer efectivo la indemnización.

La resolución de la Sala, que cuenta con el voto particular del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, justifica su decisión en que no han transcurrido el plazo de 15 años desde la última diligencia sobre la petición de hacer efectiva esa responsabilidad civil, por lo que, en contra de lo sostenido por Boye, no ha prescrito la acción de reclamación civil, quien sostenía que ello se habría producido en 2012.

Sin embargo, antes de transcurrir los 15 años desde que la sentencia se declaró firme, en , en 1997 ya se realizaron diligencias para evitar que no hiciera frente a la indemnización. Así, en agosto de ese mismo año ya se le requirió el pago, manifestando entonces que era insolvente. Posteriormente, en febrero de 2001 pidió hacer frente a la misma fraccionando el pago a raíz de 2.500 pesetas mensuales (15 euros), y un mes más tarde se comprometió a devolver el doble cada mes.

Posteriormente, en 2008, la Fiscalía pidió que se averiguaran los patrimonios de los condenados, incluido Gonzalo Boye, , con resultado infructuoso. Esta diligencia es clave para haber roto la prescripción alegada.

Diez años después, en noviembre de 2018, la representación del perjudicado, el empresario Emiliano Revilla, instó el embargo de los bienes de los condenados, solicitud a la que se sumó el Ministerio Fiscal. Tras las investigaciones raelizadas, la Sala señala que la Sala indica que de lo investigado hasta el momento se ha podido saber que “en el ejercicio 2007 había realizado autoliquidaciones por ingresos de 469,44, 813,57, 478,53, 737,23, 455,28, 795,12 y 3.934,14 euros, 1.170 euros por percepciones del trabajo, compras y pagos por importe de 60.369,72 euros, ingresos y pagos por importes de 39.357,62, 11.844,51, 5.923,73 y 3.243,86 euros”, y figuraba como titular de un plan de pensiones por importe de 1.761,07. Estas cantidades no cubren la indemnización a la que debe hacer frente.

Por ello, se ordena hacer efectivos “los embargos trabados” y profundizar “en la investigación patrimonial del penado”,