Mercado hipotecario
Limita también los i...
Limita también los intereses de demora y aumentará la fiscalización de las cláusulas abusivas
El Gobierno anuncia un nuevo cambio legal en materia de desahucios, esta vez de la Ley Hipotecaria para que sólo haya ejecuciones hipotecarias a partir de tres impagos, en lugar de que baste formalmente con uno sólo como ocurre en la actualidad. Aunque la mayoría de las entidades financieras dan al deudor un plazo de al menos tres meses antes de poner en marcha el proceso de «lanzamiento» de su vivienda. El Ejecutivo también anuncia que reducirá los intereses de demora a tres veces el interés legal de dinero, fijado en el 4 por ciento, por lo que no podrá superar el 12 por ciento. Ahora, hay bancos que los sitúan alrededor del 20 por ciento.
Estos cambios los introducirá vía enmienda en el decreto ley que en estos momentos se tramita en el Congreso de los Diputados y son una reacción a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha determinado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria, porque no garantiza una protección suficiente frente a las cláusulas abusivas en las hipotecas. Como es obligado, el Ejecutivo ajustará nuestra legislación vigente a ese fallo. Y además, aunque la sentencia no tacha de «abusiva» la legislación en su conjunto, también va a fiscalizar los posibles abusos que estén cometiendo los bancos y a buscar una salida para los casos en los que una vez puesta en marcha la ejecución hipotecaria, entonces se detecta la existencia de una cláusula abusiva, según explicó la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.
«Nuestra obligación es analizar y tomar las medidas necesarias. Nuestra obligación es dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos, y si hay que rectificar lo que se ha hecho, no pasa nada», defendió Sáenz de Santamaría cuando se le preguntó expresamente por las veces que este Gobierno ha anunciado ya modificaciones en esta materia. Y que han sido a su vez rectificadas por la presión social o, como en este caso, por un pronunciamiento de la UE. Desde el Gobierno culpan a la falta de acuerdo con la oposición ya que con anterioridad no se introdujeran en la reforma legislativa en tramitación algunas de las medidas que ahora obliga a poner encima de la mesa el Tribunal Europeo.
La sentencia europea no implica la paralización de todos los procedimientos, en suma, permite ganar tiempo y da más facilidades a los jueces, pero no es una garantía de que se pueda impedir que se vaya a perder la vivienda. No tiene carácter retroactivo y no hace ninguna alusión a la dación en pago. La vicepresidenta subrayó que ya está recogida en la legislación vigente en las conocidas como hipotecas con cláusula de responsabilidad limitada, pero precisó que no se utiliza porque encarece el tipo de interés y disminuye la cantidad de dinero que presta la entidad financiera. Además, «no resuelve el problema que hay en la actualidad porque no impide que a uno le saquen de su vivienda», precisó.
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