El desafío independentista

El TC mantiene la suspensión de la declaración soberanista

La Razón
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El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad mantener la suspensión del Parlamento de Cataluña, que aprobó la declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.

La declaración soberanista que aprobó el Parlamento de Cataluña el pasado 23 de enero seguirá suspendida durante, al menos, otros cinco meses, después de que el Pleno del Tribunal Constitucional haya decidido por unanimidad prorrogar esa situación y rechazar de plano el levantamiento de esa medida cautelar que había solicitado la Cámara autonómica, a través de sus servicios jurídicos. El TC decidió suspender de plano esa declaración soberanista y del «derecho a decidir» el pasado 7 de mayo, pero con efectos desde el 8 de marzo, el mismo día en que el Gobierno presentó el correspondiente recurso de inconstitucionalidad.

El pasado 7 de junio, los servicios jurídicos del Parlament presentaron ante el TC un escrito en el que solicitaban el levantamiento de la medida cautelar, al entender que la suspensión acordada recae sobre un «acto parlamentario que es fruto del ejercicio de la función de impulso de la acción política y de gobierno que no tiene carácter normativo ni alcance jurídico», por lo que la decisión que adoptó el Alto Tribunal «se ve claramente superado en este caso porque estamos ante la expresión de una voluntad política», por lo que, a juicio de la Cámara catalana, «no existe un daño real y efectivo a la Constitución y a los intereses generales».

Por el contrario, añadía en sus argumentaciones, mantener esa suspensión sí que afecta a «principios básicos del sistema democrático y parlamentario», ya que la citada resolución se adoptó en un debate público del que el Parlamento catalán «es el eje central».

Por su parte, la Abogacía del Estado se opuso a tal pretensión al insistir en la «manifiesta inconstitucionalidad de la resolución impugnada», al violar los artículos 1.2, 2, 9.1 y 168 de la Constitución (especificar cada uno de ellos) y 2.4 del propio Estatuto de Autotomía de Cataluña, y que, además, tiene todos los indicios de que dictó con una actitud de «verdadero desafío a la Constitución», a los principios nucleares que la sustentan, en cuanto al principio de soberanía nacional del pueblo español es la base sobre la que se construye todo el edificio constitucional».

Hoja de ruta

De esta forma, consideraba imprescindible mantener la suspensión hasta el fallo final, ya que lo contrario haría que el Gobierno catalán «debería seguir la hoja de ruta señalada en dicha Resolución, pudiendo el Parlamento de Cataluña controlar al Gobierno en el grado de cumplimiento de la citada Resolución».

Los doce magistrados del Tribunal Constitucional vienen a coincidir en que lo procedente es mantener la suspensión acordada ya anteriormente. Y lo hacen con un único pero contundente argumento: La resolución soberanista impugnada «versa sobre una cuestión de gran relieve constitucional», lo que es «suficiente» para, una vez ponderado los diferentes intereses en juego, inclinare por la ratificación de la suspensión acordada «durante el tiempo indispensable para la resolución de la impugnación interpuesta».