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El TS investigará a Chaves y a Griñán por prevaricación y malversación
El Tribunal Supremo investigará a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a los exconsejeros Gaspar Zarrías, María del Mar Moreno y José Antonio Viera por el caso de los ERE.
«Resulta, pues, imprescindible continuar la investigación sobre los hechos y la participación en los mismos de los aforados Manuel Chaves González, José Antonio Viera Chacón y Gaspar Zarrías Arévalo, diputados en el Congreso, y José Antonio Griñán Martínez y María del Mar Moreno Ruiz, senadores», para esclarecer si tuvieron o no alguna responsabilidad en el presunto fraude de los ERE. Ésta es la conclusión a la que ha llegado la Sala de Admisión del Tribunal Supremo tras estudiar la exposición razonada que remitió la jueza de Sevilla Mercedes Alaya y el informe de la Fiscalía. Será la primera vez que el Alto Tribunal investigue a dos ex presidentes autonómicos en un mismo procedimiento. En cambio, la investigación respecto a los ex consejeros socialistas y diputados autonómicos andaluces Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio, Francisco Vallejo y Antonio Ávila, será, en su caso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía quien decida si hay motivos para iniciar un procedimiento contra ellos. La Sala señala que los hechos relatados por la jueza Alaya, «sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos».
Ahora será el magistrado Alberto Jorge Barreiro –que instruyó la causa que terminó en la condena del entonces juez Baltasar Garzón-quien practique las diligencias que considere necesarias para determinar si hay indicios suficientes para actuar penalmente contra los ex presidentes andaluces Chaves y Griñán, los ex consejeros de Presidencia Gaspar Zarrías y María del Mar Moreno y el diputado Viera. Si considera que hay pruebas que lo justifica, solicitará a la Sala Penal que inste a las cámaras los correspondientes suplicatorios, requisito obligatorio para poder proceder «a su inculpación formal, procesamiento o adopción de cualquier medida cautelar». Por tanto, se debería esperar a ese momento para citarles a declarar, aunque fuentes del propio Supremo confirmaron a LA RAZÓN que los afectados pueden solicitar comparecer voluntariamente ante el instructor, sin necesidad entonces de pedir el suplicatorio. En todo caso, siempre comparecerían como imputados, ya que, entre otras cosas, se garantizaría su derecho de defensa.
La Sala no entra en la veracidad o no del contenido de la exposición razonada enviada por la jueza Alaya, en la que la magistrada detallaba los indicios contra cada uno de los aforados. Lo que hace es ver si de la misma se desprende, «según una valoración muy provisional», hechos que pudieran ser delictivos «y si existen indicios consistentes, o, dicho de otra forma, principios de prueba de la participación en ellos de las persona aforadas». La conclusión no es otra que entender que hay motivos más que suficientes para que el Supremo abra la correspondiente investigación.
En este punto, la Sala destaca que, según la instructora de la causa, resulta indiciariamente acreditado que en ámbito de la Junta de Andalucía, y concretamente desde la Consejería de Empleo, con la finalidad de ayudar a empresas sometidas a expedientes de regulación de empleo y los trabajadores afectados, «se organizó un sistema que se llevó a efecto desde el año 2000, durante un periodo de tiempo aproximado de doce años, que permitía disponer de importantes cantidades de dinero, ascendentes a 855 millones, para hacer efectivos aquellos pagos sin sujetarse al procedimiento y a los controles propios de las subvenciones, a pesar de que ésa era la naturaleza jurídica de las referidas ayudas». Una parte relevante de esas ayudas, según se ponía de relieve en la exposición razonada, se orientó mayoritariamente «hacia personas y empresas próximas a los sindicatos, a cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz». En cuanto a Chaves, Griñán, Zarrías, Moreno y Viera, su participación en los hechos investigados derivarían de la «posición de alta y especial responsabilidad» que ocupaban y de su «intervención en las decisiones de creación o de mantenimiento del sistema que facilitaba esa forma de proceder», e incluso «en la ejecución de actuaciones concretas de aplicación del referido sistema» de concesión de ayudas.
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