El desafío independentista
El TSJC obliga a retirar símbolos independentistas
Falla contra el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès por colocar una estelada
Falla contra el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès por colocar una estelada, que tendrá la opción de interponer un recurso de casación contra la sentencia o acatarla.
La presencia de simbología independentista en los espacios públicos podría tener los días contados. Así se desprende de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ayer dio la razón a la entidad contraria a la independencia Societat Civil Catalana tras haber interpuesto una denuncia contra el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès por colocar en la vía pública una «estelada». El TSJC fundamentó su fallo en el principio de neutralidad institucional, que «debe mantenerse en todo momento» más allá de los periodos electorales –se remite a una decisión de la Junta Electoral Central–. De esta manera, este caso abre un resquicio para que pueda aplicarse a la ingente cantidad de símbolos con que el independentismo ha embadurnado los espacios públicos en los últimos meses –ya sean «esteladas» o lazos amarillos en solidaridad con los políticos presos–. Como mínimo, Societat Civil Catalana así lo va a intentar y se ha planteado desde ayer acogerse a esta sentencia para que la Justicia actúe en la misma dirección y acabe con toda la simbología separatista, según aseguraron fuentes de la entidad. El Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès había colocado la «estelada» en 2014 en la plaza Lluís Millet del municipio, y ya el 22 de julio de 2015, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Barcelona dictó una sentencia que reclamaba la retirada del emblema secesionista. Ahora, el TSJC ha resuelto el recurso del consistorio, al que también condena a pagar las costas del proceso hasta el límite de 2.000 euros.
En la sentencia, la sección quinta de la sala contenciosa del TSJC señala que la actividad impugnada supone «la privatización del espacio público, de uso común, mediante su ocupación permanente por un elemento que representa una opción partidista, con vulneración de los principios de objetividad y neutralidad institucional». En este sentido, recuerda que la exigencia de «neutralidad» es «incompatible» con la «estelada» porque, a pesar de que constituye un «símbolo de la reivindicación independentista de una parte de los ciudadanos catalanes», carece de «reconocimiento legal válido como símbolo oficial de ninguna administración territorial». «Su uso y exhibición por un poder público solo puede ser calificado de partidista en cuanto asociado a una parte –por importante o relevante que sea– de la ciudadanía identificada con una determinada opción ideológica», precisa. Asimismo, apunta que los símbolos oficiales los regula la Ley por lo que la «neutralidad de dicho uso no depende de la voluntad o de las decisiones particulares de las Administraciones», sino de su «deber genérico» de someterse a la legalidad existente configurada por cauces democráticos.
Por tanto, el Ayuntamiento de Sant Cugat tendrá la opción de interponer un recurso de casación contra la sentencia o acatarla. En caso de ignorarla, la alcaldesa del PDeCAT, Carmela Fortuny, podría seguir los derroteros de la alcaldesa de Berga, Montse Venturós, quien está condenada a seis meses de inhbailitación por no descolgar una «estelada» durante la campaña electoral.
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