Caso Nóos
Fianza o retirada de pasaporte
¿Qué se decide en la vistilla que se celebra hoy en la sede de la Audiencia de Baleares en Palma?
–El tribunal del «caso Nóos» debe dilucidar si adopta alguna medida cautelar con respecto a Iñaki Urdangarín y Diego Torres, condenados a seis años y tres meses y ocho años y medio de prisión, respectivamente.
¿Por qué se celebra la comparecencia?
–El fiscal del caso, Pedro Horrach, solicitó la vistilla, en atribución de las facultades que concede a las acusaciones la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación a los dos ex socios en el Instituto Nóos para instar al tribunal la adopción de alguna medida cautelar.
¿Ingresará en prisión Urdangarín?
–Esa posibilidad se antoja improbable, pues el fiscal se inclina, como máximo, por pedir el ingreso en la cárcel para Urdangarín y Torres pero eludible mediante el pago de una fianza sin determinar.
¿El riesgo de fuga es determinante para solicitar la medida?
–Es el argumento de mayor peso, pero no el único, pues también puede argumentarse la gravedad de las penas, la posibilidad de destrucción de pruebas o de obstaculizar la acción de la Justicia (inexistentes ambos en este momento procesal, cuando el juicio ya se ha celebrado) o el riesgo de que el acusado no vaya a hacer frente a las responsabilidades civiles a las que haya sido condenado.
¿Aprecia el fiscal riesgo de fuga?
–El fiscal no advierte riesgo de que Urdangarín o Torres se den a la fuga. En el caso del primero, ya rechazó en 2013 la retirada del pasaporte pedida por Manos Limpias al destacar su «arraigo personal, familiar y social» en España y el hecho de que entonces contaba con escolta policial.
¿Qué otras medidas pueden solicitar las acusaciones?
–Las más leves son la obligación de comparecer de forma periódica (desde diaria a mensual) ante el tribunal o en el juzgado más próximo al domicilio, o la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de España sin autorización judicial. Las más graves, las que implican la pérdida de libertad y, dentro de ellas, la petición de prisión incondicional, sin posibilidad de pagar una fianza que evite el paso por la cárcel.
¿El tribunal está obligado a adoptar las medidas que soliciten la Fiscalía y el resto de las acusaciones personadas en el «caso Nóos»?
–No. La solicitud de las medidas cautelares de las acusaciones, incluidas las de la Fiscalía, operan como un techo máximo, de modo que el tribunal en ningún caso puede acordar medidas más gravosas. Es decir, si la medida más grave solicitada es la retirada del pasaporte el tribunal no puede ordenar el ingreso en prisión.
¿Deben estar presentes en la vistilla Urdangarín y Torres?
–Sí. La Audiencia de Palma ha citado tanto a las acusaciones como a los dos ex socios y sus abogados, que expondrán los argumentos que, en su opinión, hacen innecesaria la adopción de cualquier medida cautelar.
¿Pueden intervenir los dos condenados en la vista?
–Sí. El tribunal les dará la palabra para que expongan sus circunstancias personales, aunque no están obligados a intervenir.
¿Qué antecedentes hay en la Audiencia de Palma respecto a la adopción de medidas cautelares?
–En julio de 2013, la Audiencia de Palma ordenó el ingreso en prisión de la ex presidenta del Parlamento balear María Antonia Munar, condenada a seis años de cárcel, pero sobre ella ya pesaba una condena anterior y tenía pendientes más causas por corrupción.
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