Política

El desafío independentista

La cercanía del juicio juega en contra de la salida de los presos de la cárcel

Fuentes de las defensas asumen que las palabras de Borrell «no cambian nada».

LA ALCALDESA DE BARCELONA, Ada Colau, lució ayer por primera vez un lazo amarillo en solidaridad con los políticos catalanes en prisión
LA ALCALDESA DE BARCELONA, Ada Colau, lució ayer por primera vez un lazo amarillo en solidaridad con los políticos catalanes en prisiónlarazon

Fuentes de las defensas asumen que las palabras de Borrell «no cambian nada».

El posicionamiento del ministro Josep Borrell sobre la situación procesal de los nueve líderes independentistas en prisión –decantándose a título personal por su libertad provisional– no condicionará, como no puede ser de otra forma, al Tribunal Supremo si se producen nuevas peticiones de libertad. Ni siquiera las defensas de los procesados en prisión se crean falsas expectativas tras la intervención del titular de Exteriores en la cadena británica BBC, hechas públicas horas después de que la fiscal general del Estado, María José Segarra, garantizase la «absoluta autonomía» del Ministerio Público en la causa del «procés» (en la que tiene que decidir si acusa finalmente a los procesados del delito de rebelión).

«En el terreno jurídico no cambia nada. No hay ningún cambio», constatan. Incluso aseguran que el posicionamiento de Borrell a favor de la libertad provisional «lo que consigue es que no salga ninguno de ellos». «¿Alguien se puede imaginar que la Sala Segunda del Tribunal Supremo firme ahora un auto de libertad?», se preguntan irónicamente esas mismas fuentes.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ya dejó claro hace un mes, al rechazar las peticiones de libertad de los políticos presos, que la proximidad de la fecha del juicio (aún sin determinar, aunque el Alto Tribunal pretende que comience antes de final de año) no hace sino aumentar el riesgo de fuga, uno de los elementos clave –junto al peligro de reiteración delictiva y la gravedad de los delitos imputados– esgrimidos por el Supremo para mantener la prisión provisional de los líderes del proceso independentista.

En su resolución del pasado 26 de julio, el tribunal enjuiciador recordaba que la medida persigue «asegurar la presencia de los procesados durante el juicio oral». Los magistrados hacían hincapié en que la cercanía de la vista «lejos de operar como un hecho que debilita la procedencia de la prisión preventiva refuerza su genuino significado». Con ese planteamiento, a medida que se aproxime la fecha del juicio las posibilidades de una excarcelación son cada vez menores.

Las fuentes jurídicas consultadas apuntan que ese peligro de fuga aumentará todavía más si, una vez conocido el escrito de calificación de la Fiscalía, los procesados son acusados, como hasta ahora, del delito de rebelión y se enfrentan a penas de prisión de 15 a 25 años. «No es lo mismo estar procesado sin conocer la pena a la que te enfrentas que saber que piden para ti años de cárcel».

A día de hoy no hay peticiones de libertad sobre la mesa de la Sala enjuiciadora, pero si estas se producen tendrá que ser la Fiscalía –al igual que la Abogacía del Estado y la acusación popular que ejerce VOX– la que se pronuncie al respecto. En la última oportunidad en la que tuvo la oportunidad de hacerlo, el pasado 19 de julio, el Ministerio Público fue contundente al respecto y se opuso a la salida de prisión de los políticos presos. En su escrito, la Fiscalía del Supremo concluía que los riesgos de fuga y de reiteración delictiva, la proximidad del juicio, la firmeza del auto de procesamiento, la gravedad de los delitos imputados y las altas penas que llevan aparejadas convierten la medida acordada de prisión sin fianza en «imprescindible» para garantizar la presencia de los procesados en la vista oral y el «normal desarrollo» del juicio.

Los fiscales del Supremo adscritos a la causa también invocaban la huida de varios procesados, con Carles Puigdemont a la cabeza, y la «insistencia en seguir adelante con el proceso de independencia» al margen de la legalidad para apuntalar la persistencia de los riesgos que la medida de prisión provisional pretende evitar. Para la propia Sala de lo Penal del Supremo, otras medidas alternativas –como la imposición de una fianza, las comparecencias periódicas en el juzgado, el control policial o los dispositivos de rastreo telemático– no alcanzan «el mismo nivel de seguridad a la hora de garantizar la presencia de los procesados en el juicio oral».