Lucha contra ETA

La Fiscalía se opone a que Luxemburgo revise las «rebajas» de penas a etarras

La Razón
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Rechaza la petición de nueve terroristas y dice que «no hay duda» de que los años de cárcel en Francia no se restan.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a la petición de ocho etarras –entre ellos José Ramón Carasatorre, Jon Joseba Troitiño y Julián Achurra– y del ex dirigente del Grapo Fernando Silva Sande de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que éste revise la reciente decisión del Tribunal Supremo (TS) de no descontar de sus condenas el tiempo pasado en Francia en prisión.

El departamento que dirige Javier Zaragoza deja así clara su posición en un asunto –la aplicación a la normativa española de una Decisión Marco del Consejo de Europa de 2008 sobre acumulación de penas cumplidas por presos en países de la UE– que ha originado controversia en la Sala de lo Penal y sobre el que deben pronunciarse los magistrados en pleno. De hecho, la sección primera esgrimió esa disposición europea para acordar la libertad de los etarras Santiago Arróspide, «Santi Potros», y Alberto Plazaola, este último en paradero desconocido desde que el Tribunal Supremo anuló el pasado 10 de marzo esa resolución de la Audiencia.

Excepción a la decisión marco

En un escrito al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la Fiscalía esgrime que «no hay duda» de la interpretación que debe darse a esa decisión marco europea, por lo que «no es precisa la cuestión prejudicial» y recuerda la «obligación» de los tribunales de «respetar» el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre este asunto, al concluir que no existe «base legal» para que una pena impuesta en otro país de la UE «pueda ser valorada en España a efectos de acumulación o refundición de condenas».

La Fiscalía de la Audiencia Nacional hace hincapié en que la propia decisión marco, en su considerando 6, establece que esa resolución «no tiene por objeto la ejecución en un estado miembro de las decisiones judiciales tomadas en otro estado miembro».

Esa excepción, argumenta la Fiscalía, «posibilita no tomar en consideración una condena de otro estado miembro», a efectos de acumulación de penas, «cuando suponga una reducción en la limitación efectiva de la pena a imponer en el nuevo proceso» cuando los hechos sean anteriores a la condena impuesta por la Justicia francesa.

No cabe, insiste, una interpretación «que sea contraria al ordenamiento interno», pues descontar a estos terroristas el tiempo pasado en la cárcel en Francia y descontárselo de sus condenas en España contravendría expresamente la Ley Orgánica 7/2014 –que trasladó a nuestra legislación esa decisión europea y que entró en vigor horas después de que la sección primera acordase la excarcelación de «Santi Potros» y Plazaola– y que excluye expresamente esa posibilidad.

Para el Ministerio Público sólo se debe recurrir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando un tribunal «tenga una duda sobre la interpretación de una norma del Derecho de la Unión Europea que deba aplicar» en un caso concreto. Algo que, en su opinión, no sucede en este supuesto pues existe la «completa certeza objetiva sobre la legalidad o interpretación de la norma comunitaria» –lo que denomina «doctrina del acto claro»–, por lo que «no tiene la obligación de plantear la cuestión».

Los etarras que han solicitado a la Audiencia Nacional que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea revise el cómputo de sus condenas para restarles el tiempo pasado en Francia en prisión son Julián Achurra, «Pototo», condenado en julio de 2005 a 32 años de cárcel por el secuestro de José Antonio Ortega Lara; Rufino Arriaga, ex miembro del «comando Madrid», y Ainhoa Barbarin, condenada a 208 años de prisión por un atentado con coche bomba en Salou (Tarragona) en agosto de 2001 en el que resultaron heridas 20 personas, entre ellas varios niños.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional también rechaza las reclamaciones tramitadas por las defensas de los miembros de ETA Gorka Martínez Ahedo, que en 1994 intentó asesinar hasta en cinco ocasiones al entonces consejero de Interior del Gobierno vasco Juan María Atutxa, por lo que fue condenado a 46 años de cárcel; Idoia Martínez, «Alba», que el pasado enero fue condenada a 30 años de prisión por el asesinato en 1994 del teniente Miguel Peralta con una bomba lapa; José Ramón López de Abechuco, condenado a 30 años de cárcel por el asesinato, en 1980, del jefe de la Policía Municipal de Vitoria Eugenio Lázaro, y que el pasado noviembre solicitó su traslado al País Vasco por motivos de salud; José Ramón Carasatorre, «Zapata», condenado a 30 años de prisión por el asesinato de Gregorio Ordóñez, y Jon Joseba Troitiño, sobrino de los sanguinarios hermanos Antonio y Domingo Troitiño y condenado a 268 años de prisión por dos atentados en sendos hoteles de Alicante y Benidorm en junio de 2003 en los que 14 personas resultaron heridas. Por último, ha realizado la misma solicitud el ex dirigente del Grapo Fernando Silva Sande, condenado a 28 años de cárcel por el secuestro del empresario Publio Cordón.