Tribunales
Los antecedentes del 11-M y el movimiento 15-M
¿Qué decidió ayer la Junta Electoral?
La Junta Electoral Provincial (JEP) desestimó la denuncia de Cs que pedía desalojar la acampada de plaza Universitat de Barcelona, por lo que permite mantener la protesta de los jóvenes acampados en vísperas del 10-N.
¿Qué dice la Ley Electoral sobre el impedimento del ejercicio al voto?
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) es clara: nadie puede perjudicar el libre ejercicio del derecho al voto. Si alguien lo impide puede ser condenado a entre seis meses y tres años de cárcel o una multa de 12 a 24 meses. El delito electoral está regulado en los artículos 146 y 147 de la LOREG y se aplicaría para quien «impida o dificulte injustificadamente la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, apoderados, interventores y notarios en los lugares en los que se realicen actos del procedimiento electoral».
¿Existe algún precedente?
Tras los atentados del 11-M, el PP denunció las concentraciones de gente en sus sedes de Madrid y Barcelona ante la Junta Electoral, que las declaró «contrarias a la regulación de la campaña electoral» y lo puso en conocimiento de la Fiscalía, que archivó la denuncia. En 2011, con las elecciones de mayo que ganó Mariano Rajoy por primera vez, el movimiento 15-M propuso convocar una manifestación que fue prohibida por la Junta Electoral Central después de un largo debate en el que se prohibió las manifestación sin unanimidad, por cinco votos a favor y cuatro en contra.
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