CGPJ
Los vocales discrepantes del CGPJ avalan la prisión permanente
La prisión permanente revisable no tiene tacha alguna de constitucionalidad, no es incompatible con el principio de reinserción social, está justificada para, entre otros delitos, «la excepcional gravedad de los delitos de terrorismo» y es concordante «con el estado de opinión social y en respuesta delitos particularmente odiosos»; mientras que la instauración de un período de seguridad, por el que un delincuente puede incluso continuar en prisión tras cumplir su condena si su libertad conlleva riesgo para la seguridad ciudadana, es igualmente respetuosa con la Carta Magna y legítima «en el supuesto de que no existan menos gravosas ajustadas a la fundada peligrosidad del penado». Éstas son algunas de las consideraciones que realizan los vocales del CGPJ Concepción Espejel y Antonio Dorado en el voto particular contra el informe aprobado por los otros tres consejeros de la Comisión de Estudios del CGPJ respecto al Anteproyecto de Reforma del Código Penal avalado por Margarita Robles, Margarita Uría y Carles Cruz.
Además, critican el dictamen aprobado por mayoría por entender que se introducen «una serie de juicios de valor, de carácter subjetivo y voluntarista, que no pretenden sino sustituir las decisiones de política criminal por las que se decante el prelegislador por las de la mayoría de la Comisión». Junto a ello, reprueban que se extralimite en lo que son las funciones propias del Consejo, entre las que no figuran las de «aconsejar o desaconsejar» determinadas alternativas, e incluso apuntar «sin base suficiente que algunas» de las medidas del anteproyecto, no son constitucionales.
Sobre la primera, los dos vocales destacan en su voto particular, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, que no existe ningún impedimento legal para que el legislador opte por una política criminal, «no proscrita constitucionalmente», determinada para «adecuar la sanción penal a la gravedad de determinadas conductas.
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