Roger Torrent
Tiempo muerto en la investidura
Los letrados del Parlament creen que la suspensión del Pleno no hace que empiece a contar el plazo para elecciones
Los letrados del Parlament creen que la suspensión del Pleno no hace que empiece a contar el plazo para elecciones.
¿Ha empezado a correr el plazo de dos meses que estipula la Ley para que se disuelva el Parlament y se convoquen elecciones?
–Juristas consultados por LA RAZÓN coinciden en que la decisión del president del Parlament, Roger Torrent, empantanó ayer más la situación institucional en Cataluña con su decisión de aplazar –que no suspender– el Pleno de investidura sin renunciar a la candidatura de Puigdemont. Sin embargo, todos ellos aseguran que su movimiento deja en punto muerto el calendario y que, por tanto, no se disolverá el Parlament en dos meses a partir de mañana como estipula el artículo 67.3 del Estatut. Francesc de Carreras, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona, asegura que la situación es análoga a la que se vivió en la llamada legislatura fallida cuando el plazo no empezó a correr hasta que se produjo la primera votación del debate de investidura de Pedro Sánchez. Para Carreras, la situación creada por los líderes del bloque independentista desde septiembre, hace que lo previsto en la Ley apenas puede aplicarse.
¿Puede presentarse a un nuevo candidato mientras el TC aún no se ha pronunciado definitivamente sobre la admisión o no del recurso del Gobierno?
–Roger Torrent puede en cualquier momento realizar otra ronda de consultas con los grupos parlamentarios y proponer a un «candidato limpio» sin cuentas pendientes con la Justicia que desbloquee la situación. El recurso del Gobierno ante el TC quedaría vacío de sentido al decaer el objeto que se debe juzgar y el Alto Tribunal ni siquiera tendría que pronunciarse sobre su admisión a trámite. Sin embargo, es poco probable que lo haga: preferirá dejar que pase el tiempo y que sea el TC quien admita a trámite el recurso haciendo imposible la candidatura de Puigdemont y forzando a JxCAT a proponer otro presidenciable.
¿Qué sucederá a continuación si los plazos no están corriendo?
–Torrent ha aplazado sine die el Pleno, por lo que el TC decidirá a partir de diez días (el plazo dado para la presentación de alegaciones) si lo admite a trámite o no. Si es admitido a trámite se suspende automáticamente el acto impugnado (el Pleno de investidura) y se abre un periodo de 5 meses en el que no se podrá proponer a Carles Puigdemont como candidato.
¿Cuál va a ser el dictamen de los letrados del Parlament?
–La mesa del Parlament pidió ayer un informe a los letrados de la Cámara para que informen de la nueva situación y de los nuevos plazos que regirán la actividad del Parlament a partir de ahora. Fuentes de la institución señalaron a este diario que el cuerpo de letrados confirmará que no corre el plazo y pondrá en suspenso la investidura hasta que haya un pronunciamiento en firme del TC sobre la admisión a trámite del recurso del Gobierno.
¿Puede considerarse legal la decisión de Torrent?
–José Carlos Cano, experto en Derecho Constitucional, explica que Torrent puede aplazar el Pleno de investidura perfectamente y, por tanto, la decisión es completamente legal. Aun así, advierte de que en la medida en que no se fija una nueva fecha para el Pleno de investidura se puede crear una situación de interinidad indefinida que puede llegar a considerarse un fraude de Ley. «La Mesa es ciertamente soberana, pero está vinculada a una legalidad y no puede obviar la aplicación del reglamento idefinidamente», argumenta. Lo cierto es que no existe en estos momentos un gobierno en funciones que se pueda beneficiar de la situación ya que tras la aplicación por parte del Gobierno del 155 el Govern fue cesado pero, aun así, según este jurista, se está creando un precedente lamentable estirando la aplicación del ordenamiento jurídico hasta niveles insólitos.
Si el bloqueo político continúa en Cataluña, ¿podría Mariano Rajoy volver a disolver el Parlament y convocar elecciones?
–Técnicamente es posible. El 155, según el texto que se aprobó en el Senado, seguirá en vigor hasta que se constituya un nuevo Govern y, por lo tanto, sigue plenamente vigente. Del mismo modo que Rajoy convocó las elecciones del 21-D podría volver a hacerlo si el TC admite a trámite el recurso del Gobierno impidiendo la investidura de Puigdemont telemática, delegada o sin el permiso del Supremo. Sin embargo, es de suponer que las fisuras en el bloque secesionista se agranden si finalmente el TC admite a trámite el recurso y la investidura de Puigdemont se hace imposible. Será entonces el momento de presentar un candidato alternativo que desbloquee la situación.
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