Tribunales
Once años de cárcel por abusar sexualmente de dos nietas políticas menores y una prima segunda
El alto tribunal gallego confirma que el hombre se introdujo desnudo en la habitación de una y se sirvió de ser visto como un abuelo para aprovecharse de las dos niñas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena impuesta a un hombre por abusar sexualmente de tres mujeres de su entorno familiar: sus dos nietas políticas, menores de edad, y una prima segunda.
La pena, de once años y tres meses de prisión, fue dictada inicialmente por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, y ahora ha sido confirmada por el alto tribunal gallego tras desestimar íntegramente el recurso del condenado. Además, deberá indemnizar a las víctimas con un total de 55.000 euros.
Los jueces consideran plenamente acreditado que el acusado cometió tres delitos de abusos sexuales entre los años 2016 y 2019, valiéndose de su posición de cercanía y confianza en el seno de una familia que lo recibía como figura de respeto y afecto.
Convivencia
Uno de los delitos tuvo como víctima a una primera segunda, una joven nacida en 1995, que residió con el acusado y su pareja durante varios meses en Santiago de Compostela. Según los hechos probados, el condenado llegó a introducirse desnudo en su habitación, a tocarla sin su consentimiento en zonas íntimas y a exhibirse ante ella en distintas ocasiones.
Estos comportamientos, calificados por el tribunal como “ciertamente heterodoxos” y carentes de consentimiento, derivaron en un cuadro de afectación psicológica severa que todavía requiere tratamiento.
La sentencia considera que el acusado se aprovechó de una relación de agradecimiento y dependencia emocional generada por haberla acogido en su casa. Este vínculo, junto con la convivencia diaria, facilitó, según el tribunal, la comisión de los abusos y justificó la aplicación de la agravante de abuso de confianza.
Nietas políticas
Las otras dos víctimas eran menores de edad -una de 9 años y otra de 6 en el momento de los hechos-e hijas de la hija de la pareja del acusado. Según el fallo, ambas pasaban fines de semana frecuentes con la abuela y con el condenado, en un contexto de cercanía emocional en el que lo veían como una figura “asimilable a la de un abuelo”.
Durante esas estancias, el acusado cometió varios actos de naturaleza sexual, como tocar a una de las menores por debajo de la ropa, bajarle el pantalón y besarla en la pelvis, e introducirse en la cama con la otra menor para tocarla también en zonas íntimas. Uno de los episodios tuvo lugar en la vivienda de la abuela mientras esta se ausentaba brevemente, y cesó cuando el agresor percibió que ella regresaba a casa.
Los peritos del Instituto de Medicina Legal de Galicia (IMELGA) certificaron que las menores presentaban sintomatología compatible con víctimas de abusos sexuales, incluyendo comportamientos de hipersexualización, ansiedad y disociación emocional. Estos informes sirvieron de base para la condena, junto con los testimonios consistentes y persistentes de las niñas y de su entorno.
La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha confirmado la valoración probatoria de la Audiencia Provincial, destacando que no existen contradicciones relevantes en los testimonios y que la actuación judicial fue respetuosa con los principios de lógica, experiencia y racionalidad exigidos por el ordenamiento jurídico.
El tribunal descartó también que la pena impuesta fuera desproporcionada, subrayando la gravedad de los hechos, la edad de las víctimas y la relación de cercanía emocional que el acusado instrumentalizó para sus fines delictivos.