Barcelona
El TS niega la pensión a la madre de dos víctimas de Hipercor
El Tribunal Supremo ha denegado el derecho a una pensión extraordinaria a una mujer cuyos dos hijos murieron en el atentado de Hipercor de Barcelona, en el que fallecieron 21 personas en 1987, al estimar que esta prestación no la pueden cobrar quienes resultan afectados «con ocasión» de actos terroristas.
Así lo ha acordado la Sala de lo Social del TS en una sentencia, en la que estima el recurso interpuesto por el Ministerio de Economía y Hacienda contra la dictada en 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que reconoció que Nuria M. –en situación de incapacidad permanente absoluta– tenía derecho a cobrar dicha pensión extraordinaria.
Según explica la resolución, el TSJC a su vez confirmó la decisión del juzgado de lo social número diez de Barcelona de otorgarle tal pensión de invalidez extraordinaria por acto terrorista. Ambos órganos entendieron que la mujer debía ser considerada víctima del aludido acto terrorista, lo que ahora anula el alto tribunal. El abogado del Estado recurrió la decisión del TSJC y argumentó que el Supremo en otra sentencia sobre la madre de una víctima de los atentados del 11-M no le concedió tal pensión porque no se podía considerar legalmente víctima del acto terrorista.
Según el Supremo, la doctrina correcta es la que se contiene en esta última resolución, «de la que la recurrida se ha apartado, quebrantándola». «Solamente son consideradas víctimas del terrorismo las personas que fueron directamente afectadas por la conducta criminal, pero no quienes padecieron ulteriormente daños personales derivados».
Claves
VÍCTIMAS LEGAL
El Supremo entiende que víctima «legal» es la afectada directamente por la conducta criminal, «pero no quienes padecieron ulteriormente daños personales derivados del sufrimiento».
SECUELAS
La mujer sufrió, entre otras dolencias, un síndrome de estrés postraumático intenso producido a raíz de la muerte de sus dos hijos en el atentado más grave reivindicado por ETA.
571,79 euros
Un juzgado de Barcelona declaró la incapacidad permanente absoluta de la madre y acordó una pensión de 571,79 euros.
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