Literatura

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Compartir por María José Navarro

La Razón
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Como pasan tantas cosas y tantas tan alucinantes, algunas importantes pasan inadvertidas. Pasó por el Congreso con mucha pena y poca gloria la idea de Gallardón para modificar el artículo 92 del Código Civil y conseguir la viabilidad de la guardia y custodia compartida en los casos de ruptura de la unidad familiar, que dirían los cursis. Hasta ahora, el Código Civil establece que el juez puede decretarla siempre y cuando lo pida una de las partes y con un informe vinculante del Ministerio Fiscal. Resultado: poquísimas veces se decreta. Son mínimos los casos y, sin embargo, funcionan bien, entre otras cosas porque obligan al hombre a responsabilizarse de sus hijos seguramente como jamás hubiera hecho de otra manera, a responder a sus necesidades inmediatas, a vivir cada momento sin delegaciones intermedias y, a las mujeres, a dejar la matemática. Sin embargo, el otro día, esa posibilidad pasó por el Congreso y ni mucho menos obtuvo unanimidad. Es verdad que el término «custodia compartida» no se compadece con la realidad porque es más una alternancia, y que la norma hasta ahora no se atrevía a ahondar en asuntos tan clave como la vivienda y las pensiones, es decir, la ley no era, no es perfecta. Cabe preguntarse entonces si la modificación va a mejorarla, si un juzgado será capaz de dilucidar en seco las mejores condiciones para la organización y la convivencia. Existen dudas más que razonables. Pero más que la torpeza del legislador, lo que subyace es la de los progenitores y su habitual incapacidad para llegar a un acuerdo pensando en el menor. Puede que la ley cambie, pero la cordura, me temo, seguirá siendo una excepción. Así somos, y es una pena.