Convenios colectivos
La reforma de los convenios nace herida de muerte
El Gobierno le da luz verde con el rechazo de oposición y agentes sociales. Aprovecha para facilitar los despidos colectivos con pérdidas coyunturales
La reforma de la negociación colectiva, que ayer aprobó el Consejo de Ministros, nace herida de muerte antes de iniciar su andadura en el Congreso tras el estrepitoso fracaso de la concertación entre los agentes sociales, incapaces de llegar a un consenso sobre el que pivotar los cambios de la actual legislación de convenios, que data de hace treinta años. Cuatro meses y medio después del inicio de estas negociaciones, el Ejecutivo se vio ayer obligado a dar luz verde en solitario a un texto que tampoco convence a sindicatos y patronal, pese a estar basado en el principio de acuerdo al que llegaron antes del 22-M.
Su decreto ley despierta también recelos entre la clase política, incluso entre las formaciones que, con toda seguridad, lo respaldarán durante su tramitación parlamentaria como proyecto de ley en la Cámara Baja. El PNV, CC y UPN se muestran proclives a dar su plácet a esta reforma en el Congreso.
En este escenario nada halagüeño, el Gobierno no se engaña y es consciente de que el éxito de estos cambios dependerá del consenso que conciten los mismos. Por eso, horas antes de la reunión ayer del Consejo de Ministros introdujo modificaciones en el decreto ley en busca de alianzas. Como botón de muestra, cambió el período máximo de la renegociación de los convenios tras el fin de su vigencia antes de acudir al arbitraje, y lo situó en una horquilla de entre 8 y 14 meses, frente a los 12 y 18 meses barajados inicialmente.
Valeriano Gómez achacó este retoque a una ronda de consultas «rápidas» realizada en los últimos dos días con los agentes sociales. Pese a que, de momento, este decreto suscita más rechazo que consenso, resaltó sus bondades. En su opinión, ha conseguido el «equilibro» entre la seguridad de los trabajadores y la flexibilidad que requieren las empresas para afrontar la crisis. En ese sentido, destacó la preservación de la ultraactividad de los convenios.
Además, esgrimió la conservación de los empleos para justificar la «necesidad» de la reforma. Se trata, a su juicio, de evitar que el empresario ajuste, como hasta ahora, por la vía del despido las necesidades de su empresa. Sin embargo, el Ejecutivo incurrió ayer en una contradicción. Mientras que con una mano aprobaba estos cambios para evitar los despidos en época de crisis, con la otra, como guiño a la patronal, endureció la reforma laboral, al permitir a las empresas despidos objetivos colectivos simplemente alegando pérdidas transitorias.
Para ello, el Consejo de Ministros dio luz verde al reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo, que permite a las empresas que aleguen pérdidas previstas transitorias acogerse al despido objetivo por causas económicas, con una indemnización de 20 días por año trabajado. Con este reglamento, el Ejecutivo da cumplimiento a la reforma laboral del año pasado. El concepto de pérdidas «permanentes no coyunturales» no ha estado exento de polémica. En el borrador del reglamento de los EREs, el Gobierno se inclinó por impedir que las empresas con pérdidas coyunturales pudieran acceder a este tipo de despido. Sin embargo, finalmente ha decidido mantener esta posibilidad a las empresas que registren pérdidas no permanentes, aunque ha cambiado el apelativo «coyuntural» por «transitorio», tal y como recomendó el Consejo de Estado.
Las empresas tendrán que presentar un informe sobre los datos en que se basa la previsión de pérdidas y los criterios usados para su cuantificación. Además, deberán acreditar «el volumen y el carácter permanente o transitorio de las pérdidas para justificar la razonabilidad de la decisión».
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