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ANÁLISIS: Podría ocurrir esto en España por José María Lailla
- ¿Podría abortar en España una mujer simplemente por el hecho de no estar de acuerdo con el sexo de su futuro hijo?
– No está entre los supuestos que la ley de interrupción voluntaria del embarazo contempla. En España la ley de plazos establece dos supuestos: se puede abortar sin alegar un porqué antes de las 14 semanas, o también antes y después de esas 14 semanas cuando hay algún riesgo para la salud de la madre, o graves anomalías en el feto. En el primer caso, si la mujer que quiere abortar supiese el sexo antes de las 14 semanas podría hacerlo
- En España el aborto es libre hasta las catorce semanas. Una mujer que piense abortar en función del sexo de su futuro bebé ¿puede saber si será niño o niña antes de las catorce semanas?
–Para saberlo existen dos formas. La primera es atendiendo a la morfología del feto. Esto se hace a través de una ecografía, que cuando se realiza, normalmente ya ha pasado el plazo de las 14 semanas. La segunda para saberlo es por una biopsia corial, una prueba invasiva que se puede hacer antes de las 14 semanas establecidas por la ley de interrupción del embarazo.
- ¿Podría objetar un médico, de acuerdo con la legislación actual, si se le plantea un caso así?
– Un médico no tiene por qué objetar en un caso como éste, ya que con la ley actual no se puede presentar como tal. No obstante, a día de hoy los médicos pueden objetar siempre que se les presente un caso de interrupción voluntaria del embarazo, acogiéndose al artículo 16.1 que establece nuestra Constitución.
José María Lailla
Presidente de la Sociedad Española de Ginecología
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