Sevilla
El TSJA estudiará el decreto de reordenación del sector público
El sindicato ve visos de inconstitucionalidad en la ley impulsada por la Junta. El Alto Tribunal podría suspenderlo.
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso presentado por el sindicato CSIF-A contra el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta por el que se aprobó el decreto ley de reordenación del sector público empresarial 5/2010.
Fuentes de CSIF-A indicaron a Ep que presentaron dicho recurso el 6 de agosto ante el TSJA por la vía especial de protección de derechos fundamentales, contra el acto administrativo que ha impulsado esa voluntad del Gobierno andaluz, como fue el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta del 27 de julio, donde se aprobó el decreto ley, que salió publicado en el BOJA el 28 de julio y al día siguiente fue convalidado por la Diputación Permanente del Parlamento andaluz.
Ese recurso apunta, según las mismas fuentes, «visos de inconstitucionalidad en ese acuerdo que propicia e impulsa el decreto ley de reordenación del sector público» y agregaron también que «incluso se vulneran varios artículos de la Constitución Española».
Entre los artículos de la Constitución que, a juicio de CSIF-A, se conculcan, se encuentra el artículo 37 «por falta de negociación en una norma que afecta a las condiciones de personal y que debería haber sido negociado con las organizaciones sindicales», un aspecto que también «supone vulnerar el Estatuto Básico del Empleado Público».
Fuentes de CSIF-A advirtieron de que si esta vía especial de protección de los derechos fundamentales no prosperara, ya tienen preparado el recurso por la vía ordinaria. Agregaron que «una vez agotada la misma podremos interponer recurso de amparo ante el Constitucional».
Según la responsable del área de administración autonómica de CSIF-A, Alicia Martos, el TSJA «ha abierto una pieza separada para analizar las medidas cautelares solicitadas y si suspende o no el acto administrativo».
✕
Accede a tu cuenta para comentar