Ministerio de Justicia
Sentencia política en la España de la libertad
A propósito de la sentencia de «delito continuado de injuria grave» hecha pública ayer contra mí, tengo algo que decir en diez puntos, con todo respeto al tribunal y mi mayor desprecio a los que van por ahí con jeringuillas haciendo sedaciones a domicilio, pues soy contrario a esas prácticas que ya se hicieron famosas en Europa en 1940 —con el apoyo, por cierto, de médicos, intelectuales y jueces—.
Nos encontramos ante un juicio que, personalmente, me tomé sin darle más importancia, aunque, inopinadamente para mí y para mi entorno, la causa no se archivó, seguramente porque la Fiscalía me pedía ¡dos años de cárcel!; es decir, la fiscal me pidió más pena que a Otegi cuando fue acusado de organizar un acto de exaltación de ETA.
Sin duda, y aunque al final ha sido derrotada, la Fiscalía ha enredado un extraño juego político en este caso. No obstante, la apertura de juicio me pareció pasto menor, una cosilla para tener contenta a lo que llevo años denominando «izquierdona». Un juicio político de atrezzo. Normalmente, este asunto se hubiera resuelto si el querellante hubiera pedido derecho de réplica en TVE, cosa que nunca hizo. ¿Por qué no lo hizo? No lo sé. ¿Por qué no se lo reclamó la dirección de TVE? No lo sé.
Fuera de toda capacidad de entendimiento a estas alturas por mi parte, se asegura en la sentencia que el querellante es «inocente» de las acusaciones de malas prácticas en las sedaciones que promovió en sus pacientes. Así lo dice el juez, porque el caso fue sobreseído. A mi entender, y con todo respeto, esa aseveración no es correcta. De ninguna manera puede afirmarse que el querellante sea inocente. En tal caso, sÓlo «presunto inocente» hasta que el caso quede cerrado. En mi lenguaje periodístico, que no jurídico, aún es «presunto culpable», porque un periodista lucha por la verdad hasta el final.
Lo que ocurre es que no se ha podido probar la extrema sedación en los cuerpos afectados porque la justicia española no tiene medios científicos para certificar lo que dicen los informes médicos. Ahora bien, esos durísimos informes médicos no han sido desmentidos. Es decir, la Justicia española no ha probado que el querellante sedó con malas prácticas a sus enfermos —a pesar de las declaraciones de los familiares—, pero la justicia española tampoco tiene medios para asegurar que los médicos mienten. Vaya lío. Así pues, el juez le da categoría de «inocente» a quien hizo lo que hizo, pero la Justicia no puede probar que lo hizo, aunque tampoco lo contrario. Y yo, en medio, como simple analista periodístico, que no juez, ni carcelero.
Éste es el debate: parece que, entre todos, incluso sus amigos, susurrándonoslo, sabemos lo que pasó en el Hospital de Leganés, pero no hay base jurídica para verbalizarlo en alto. Ahora bien, el querellante ha sido entrevistado con todos los honores en el periódico «El País» contando «sus» casos de «sedaciones a domicilio». Y en este punto digo yo: si él mismo confiesa que acude a sedar a domicilio, es bastante lógico pensar que antes, quizá, algo tuvo que ver con las sedaciones en el Hospital de Leganés.
Pero el juez dice que es inocente. Realmente, en el escrito se ignora toda actualidad, salvo una sentencia en la que se dice que no se puede probar su culpabilidad. Con todo respeto, no lo entiendo. Tampoco me dejaron presentar las pruebas documentales de esas entrevistas en «El País». No me permitieron presentar ninguna prueba documental de la prensa. Así fui juzgado. Las estadísticas no mienten: cuando el querellante estaba en el Servicio de Urgencias de aquel hospital, morían equis; desde que fue cesado, murieron la mitad.
Y una reciente sentencia afirma que los médicos que examinaron los expedientes decían la verdad a propósito de los medicamentos y drogas utilizadas, y esa verdad es que eran exagerados. Los médicos dicen en su informe que aquella medicación producía la muerte inmediata; la Justicia española no lo puede probar porque no tiene medios científicos para hacer autopsias en cuerpos enterrados. Pero el juez asegura que es inocente, y en eso basa su sentencia contra mí. ¿Cómo es posible esto sin que admitan mis pruebas? No lo sé, pero yo no entiendo de asuntos judiciales. Sólo soy un periodista que critica incluso a quienes no se debe criticar en el pensamiento único.
En cuanto a la multa, ocurre algo doblemente increíble. Por una parte, me pide el juez once meses de multa —que es lo máximo que se podría pedir, a pesar de ser un programa sin audiencia—. Creo que podría haberme pedido multa por los once segundos de mi intervención. Sería más lógico. Y dice el juez que, normalmente, correspondería pagar diez€ al día, pero a mí me impone un 300 por ciento más porque, según él, «el acusado posee una apariencia de capacidad patrimonial superior» a lo normal. ¿Lo dice de esta manera porque acudí al juicio educadamente con traje y corbata, y no desarrapado como el querellante y sus acompañantes? Pues ya sabemos cómo hay que ir a los juicios: con los pantalones cagados.
Por último, no quiero dejar al margen esta comparación: Otegi fue declarado inocente tras afirmar en rueda de prensa (con más publicidad que lo mío) que Su Majestad el Rey era el «jefe de los torturadores». En cambio, a mí, por decir «nazi» en un debate minoritario en el que se citó de pasada a un señor al que nadie conoce, me piden 40.000€euros de multa. No estoy conforme.
Recurriré.
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