Caso Campeón

El TS manda a juicio a Garzón por las escuchas de la «Gürtel»

EL magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro considera que hay indicios más que suficientes para enjuiciar a Baltasar Garzón por los delitos de prevaricación y de uso de artificios de escuchas y grabación con violación de las garantías constitucionales, al haber ordenado intervenir en prisión a las conversaciones de Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, principales imputados en el «caso Gürtel», con sus abogados, con independencia que existiesen o no contra ellos indicios de su implicación en esa red de corrupción

Garzón, investigado por las escuchas del «caso Gürtel»
Garzón, investigado por las escuchas del «caso Gürtel»larazon

Fiscal, defensa y acusaciones disponen de diez días para pedir la apertura de juicio oral y presentar los escritos de acusación, solicitar el sobreseimiento de la causa o nuevas diligencias.

El auto de Barreiro es muy duro con esa decisión de Garzón, reflejada en los autos que dictó el 19 de febrero de 2009 y, especialmente, el de 20 de marzo, donde acordó la prórroga de esas grabaciones, cuando conocía que Correa y Crespo ya tenían nuevos abogados sobre los que no existían indicio incriminatorio alguno, a diferencia de los iniciales. Y ello porque sus órdenes eran tajantes: había que intervenir las «comunicaciones personales que mantengan los citados internos con los letrados personados en la causa u otros que mantengan entrevistas con ellos». En total, se grabaron casi una treintena de conversaciones de Correa, Crespo y Sánchez con sus abogados o con algún otro personado en la causa.

Buscar la incriminación

Y estas circunstancias son las que constituyen, indiciariamente, los citados delitos, ya que esas decisiones llevaron, «sin apenas escapatoria alguna», a la «irremediable laminación del derecho fundamental a la defensa, al resultar indiferente, para adoptar unas resoluciones tan severas y gravosas, que el letrado que asistiera a los imputados presos estuviera o no incriminado en la causa». Así, se convertía a todos los letrados nombrados para asistir a los imputados en sospechosos «de colaboración en hechos delictivos».

Lo anterior es lo que explica, añade el instructor, que cuando Correa y Crespo nombraron a José Antonio Choclán, el primero, y Gonzalo y Pablo Rodríguez Mourullo, el segundo, Garzón prorrogara las intervenciones, pese a que, según admitió el propio Garzón en la declaración en el TS, «carecía del más leve indicio contra el letrado querellante –Ignacio Peláez, defensor del empresario José Luis Ulibarri– y contra los nuevos letrados de los imputados». Por ello, el instructor de la querella parece no albergar dudas de que Garzón «sabía que estaba cercenando de forma excepcionalmente gravosa, mediante el uso de artificios técnicos, importantes derechos fundamentales de los tres imputados, y pese a conocerlo ordenó la observación y la grabación de las conversaciones entre los presos preventivos y sus letrados a sabiendas de que contra éstos no concurría indicio delictivo alguno».

Pero, más allá de ese «vaciamiento» del derecho de defensa, el magistrado del Supremo considera que esas resoluciones de Garzón buscaban convertirse en un «instrumento idóneo para la autoincriminación de los imputados internos en prisión». Por esta razón, considera que si Garzón hubiese acordado la «incomunicación jurídica» de esos imputados, «es muy posible que su defensa tuviera una mayor eficacia, pues al menos no se autoincriminarían ni aportarían fuentes de prueba en contra de sus propios intereses procesales».

Así, «desactivar» de esa forma el derecho de defensa supone destruir «los pilares básicos del ordenamiento procesal del Estado de Derecho». Además, al «vaciar» ese derecho, nos llevó a un «estatus procesal anterior al Estado de Derecho». Y es que la gravedad de los delitos que se investigan en el «caso Gürtel» no justifica, cuando no hay indicios incriminatorios contra los defensores, «la limitación del derecho de defensa hasta extremos que lo hacen ineficaz».

También alude a los argumentos esgrimidos por la Fiscalía para defender las decisiones del juez Garzón. En este punto, el instructor del Supremo sostiene que el Ministerio Público omite «cualquier clase de explicaciones o razonamientos que permitan legitimar la grabación y escucha de las comunicaciones de tres presos preventivos con sus letrados, sin constar indicio alguno contra éstos, que es lo que se acordó en los conflictos autos –los dictados por Garzón– y se ejecutó después». El fiscal, concluye, no aporta «argumentos que justifiquen una decisión de esta índole ni tampoco expone razones que legitimen la vulneración de un cúmulo de derechos fundamentales». En cuanto a los argumentos esgrimidos por el instructor del «caso Gürtel» en Madrid, Antonio Pedreira, para no anular los citados autos, el juez del Supremo sostiene que acoger sus tesis implicaría que ante la mera posibilidad de que un imputado preso intentara «aprovecharse de los efectos del delito, habría que desactivar el derecho de defensa, reconvirtiéndolo en instrumento auto-incriminatorio», lo que llevaría al delito de prevaricación.


Otra declaración
La defensa del juez Garzón en esta causa, ejercida por el abogado sevillano Francisco Baena Bocanegra, presentó ayer mismo un escrito en el Supremo en el que pide que declare como testigo al instructor del «caso Gürtel» en Madrid, Antonio Pedreira, los policías de la UDEF que tuvieron relación con la solicitud de que se acordaran esas intervenciones, así como el abogado querellante, Ignacio Peláez. Por último, una vez practicadas todas las diligencias, pide que Garzón declare otra vez ante el instructor de la causa, Alberto Jorge Barreiro.


Los otros frentes
Memoria Histórica
Baltasar Garzón se sentará en el banquillo acusado por «Manos Limpias» de un delito de prevaricación. Sólo resta fijar la fecha del juicio, toda vez que se han resuelto los últimos recursos. Por esta causa, fue suspendido por el Consejo General del Poder Judicial el 14 de mayo.
Cobros en Nueva York
El Tribunal Supremo admitió a trámite el pasado mes de enero una querella contra Garzón por prevaricación y cohecho en relación con unos cobros durante 2005 y 2006 de unos 260.000 euros para financiar dos series de coloquios dirigidos por el magistrado en la Universidad de Nueva York.