Audiencia Nacional
Camps imputado por cohecho impropio en el «caso de los trajes»
El presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, será juzgado por un delito continuado de cohecho pasivo impropio en el «caso de los trajes». Sin embargo, Camps contó con el respaldo del 90 por ciento de los municipios valencianos en las pasadas elecciones autonómicas, logrando 37.500 votos más (1.208.386) que en las municipales (1.171.058).
Así lo ha decidido el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana José Flors, instructor del proceso conocido como "causa de los trajes", quien en un auto hecho público hoy decreta abrir juicio oral al apreciar indicios de que la red corrupta supuestamente pagó unas prendas de vestir adquiridas por el presidente y el resto de imputados.
Flors exige que los cuatro imputados presten una fianza equivalente a la multa solicitada por el fiscal (41.250 euros para Camps, Costa y Betoret, y 35.000 euros para Campos) y un tercio más de esa cantidad para "asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran declararse procedentes".
Asimismo, se da un plazo de quince días a las partes para que comparezcan ante la Sala de lo Civil y Penal; el presidente del tribunal del jurado será el magistrado Juan Climent, a quien corresponde la causa por reparto.
La resolución del magistrado, que no es recurrible, se conoce tres días después de que se celebrara la vista previa para resolver si procedía la apertura de juicio oral, donde la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular, ejercida por el PSPV, pidieron que Camps fuera juzgado, y la defensa pidió el archivo.
Más imputados
Junto a Camps serán juzgados el exvicepresidente del Consell Víctor Campos, el exsecretario general del PPCV y actual miembro de la dirección del grupo popular en Les Corts Ricardo Costa y el exjefe de gabinete de la Conselleria de Turismo Rafael Betoret.
Tras las diligencias practicadas y los testimonios recogidos en la audiencia preliminar, Flors ve como hecho justiciable que todos los procesados aceptaron como "dádiva"las prendas "a sabiendas de quién asumiría el pago de su importe", Pablo Crespo -uno de los supuestos cabecillas de la trama- y en una cuenta abierta a nombre de Álvaro Pérez, responsable de Orange Market.
Señala que "la peculiaridad del objeto regalado, la reiteración en su entrega y su mismo valor"no pueden equipararse a los regalos o "atenciones de cortesía o mero reconocimiento que los usos sociales aceptan como inocuos y admisibles".
"Unos regalos de tal clase y características no pueden, por su propia naturaleza, incardinarse en el marco de la adecuación social", señala Flors, quien no ve "ninguna"otra causa más allá de la función pública que desempeñaban los cuatro imputados que permita explicar por qué motivo la trama Gürtel "tuviera que obsequiarles de aquel modo (ni de ningún otro)".
También rechaza justificar esos regalos en la amistad de los imputados con "el Bigotes", pues éste no era quien asumía personalmente esos gastos ni quien decidía efectuarlos, sino que era Crespo quien los realizaba y los asumían las sociedades del grupo, "que tenía importantes intereses económicos en sus relaciones"con la Generalitat, que adjudicó "sistemáticamente"a Orange Market la instalación del pabellón valenciano en varias ferias de turismo.
"No es necesario razonar mucho para entender que el hecho de poder contar con la complacencia y el favor nada menos que del presidente y el vicepresidente de una Comunidad Autónoma, a quienes se agasaja, puede ser de una influencia determinante"entre quienes hacen los regalos y los órganos dirigidos por los imputados.
"Condición de autoridad"
Estos, insiste Flors, aceptaron que "un tercero"interesado además en la adjudicación de contratos oficiales pagara unas prendas a medida que ellos encargaron "personalmente en distintos lugares y en diferentes ocasiones".
El auto mantiene la imputación a Costa, al que previamente se había excluido por no tener cargo en la Generalitat, al entender ahora que además de haber sido dirigente del PPCV, era diputado autonómico y ello le confiere "la condición de autoridad"contemplada en el Código Penal para este posible delito. Este mismo razonamiento se extiende a Camps.
El magistrado enumera las trece pruebas documentales y testificales que avalan la continuidad del proceso -como inventarios, tiques de caja, recibos y hojas de encargo- en las que aparecen varias veces los nombres de Camps, Costa, Campos y Betoret, y describe el modo en que se hacían los encargos en las tiendas Milano y Forever Young.
Flors rechaza la pretensión del PSPV de abrir también juicio oral sobre supuestas irregularidades en la adjudicación de contratos, causa que sigue su curso en el TSJCV separada de ésta.
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