Villaverde
Condenada a 4 años de prisión una mujer que apuñaló a su pareja en Villaverde
La Audiencia de Madrid ha condenado a Lucía V.J., una mujer acusada de apuñalar a su pareja en Villaverde en 2011, a la pena de cuatro años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa con la eximente incompleta de anomalía psíquica, la agravante de parentesco y la atenuante de confesión.
En la sentencia, la Sección Quinta de la Audiencia madrileña condena asimismo a Lucía V.J. a la medida de seguridad de libertad vigilada, que consistirá en un tratamiento médico externo durante los cinco años siguientes al cumplimiento de la pena o a la fecha de su excarcelación, si alcanzara la libertad condicional.
Los magistrados consideran "probado"que los hechos ocurrieron el 29 de junio de 2011 cuando la procesada coincidió en la calle, en las inmediaciones de su domicilio, situado en la calle Afluentes, con su pareja, Antonio E.P.
Ambos mantuvieron entonces una discusión y Lucía le asestó a Antonio, de manera sorpresiva, dos puñaladas por la espalda a la altura de cada omoplato, produciéndole dos heridas incisas.
Antonio necesitó 36 días para su curación, de los cuales seis permaneció ingresado en el Hospital Doce de Octubre.
El perjudicado, que sigue siendo la pareja de Lucía, con quien tiene tres hijos, ha renunciado a toda acción civil o penal que pudiera corresponderle. En el momento de los hechos, la acusada presentaba una esquizofrenia paranoide, caracterizada por ideas delirantes y alucinaciones auditivas, con trastorno límite de la personalidad, definido por la inestabilidad.
Estos trastornos afectaban a sus capacidades volitivas y cognitivas, sin llegar a anularlas, puesto que conserva la inteligencia sin deterioro, no pierde la lógica para otros asuntos y en ocasiones la disfunción no resulta muy acusada ni apreciable para los demás.
En el juicio, que se celebró el 24 de mayo pasado, la acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de cuatro años de prisión, así como la medida de seguridad de libertad vigilada durante los cinco años posteriores al cumplimiento de la pena, que solicitó la fiscal y con la que se mostró conforme el abogado de la procesada
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