Policía
Análisis: Se podría haber evitado por Julián Leal
l ¿Puede una agente de 62 años realizar labores de patrulla en la calle?
–No, salvo que cada agente, como en este caso, lo solicite. El reglamento de la Policía Municipal de Madrid dice que a partir de los 55 años debemos dedicarnos a otro tipo de servicios más burocráticos, como la vigilancia de accesos en los edificios públicos, la entrega de notificaciones, el cumplimiento de los arrestos domiciliarios –caso en el que los agentes no portan el arma reglamentaria y van vestidos de paisano– o la elaboración de informes sobre comercios, industria o domilicios a requerimiento de la Junta municipal de distrito. Se trata de servicios que no implican riesgo de ningún tipo.
l ¿Estos plazos son iguales en todos los cuerpos policiales?
–No, nosotros llevamos años solicitando la equiparación de la edad de jubilación de la Policía Municipal con la de los agentes de la Policía Nacional, la Guardia Civil o la Ertzaintza, que se jubilan a los 60 años.
l ¿Por qué no llevaba chaleco antibalas la agente fallecida?
–Los agentes debemos pagar el importe de los chalecos (alrededor de 600 euros) de nuestro propio bolsillo. Ahora la mayoría de compañeros jóvenes, que son los que realizan más operativos fuera de comisaría, se lo compran por propia seguridad.
Julián Leal
Secretario de Difusión del sindicato de Colectivo Profesional de Policía Municipal
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