Conflictos laborales
Iberia Express pide anular el laudo al suponerle 15 millones de sobrecoste
Iberia Express solicitó hoy al juez de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que anule el laudo arbitral de mayo pasado que acabó con la huelga de los pilotos de Iberia, ya que su aplicación le supondría, entre otros perjuicios, un sobrecoste salarial superior a los 15 millones de euros anuales.
Se trata de una cifra estimada a 14 años vista, con una flota de 30 aviones (la actual es de 12) y una plantilla de 150 pilotos (la actual es de 100); una tripulación de cinco comandantes y cinco pilotos por aeronave, elaborado por la consultoría Deloitte.
El pasado 24 de mayo, el árbitro Jaime Montalvo, designado por el Gobierno, dictó un laudo de obligado cumplimiento, para acabar con el conflicto entre Iberia Operadora y el sindicato de pilotos Sepla en la compañía, surgido tras la creación de la filial (Express) para vuelos de corto y medio recorrido.
El sobrecoste estimado por Iberia Express procedería del escalafón único que estableció el árbitro para los pilotos de Iberia y su filial, y que obliga a esta última a reclutar a sus comandantes entre los copilotos de la matriz.
En la vista celebrada hoy en la Audiencia Nacional por la demanda presentada por Iberia Express, su abogada, Nazaret Clemente, del bufete Ramón y Cajal, alegó que el laudo tiene naturaleza de convenio colectivo, al que la filial de Iberia es ajena, pese a lo cual le afecta incluso más que a las dos partes implicadas directamente.
Clemente defendió que Iberia Express es un tercero que no intervino en la negociación del fallido octavo convenio colectivo de los pilotos de Iberia, ni en las huelgas que éstos convocaron y tampoco se la consideró parte del conflicto en el acuerdo del Consejo de Ministros del 27 de abril que imponía el laudo arbitral.
A lo largo de la vista, que duró casi seis horas, la letrada de Express utilizó una línea argumental similar a la que el pasado 11 de octubre y, ante el mismo juez, argumentó el abogado de Iberia, Adriano Gómez, del bufete Garrigues, quien defendía la impugnación presentada por la compañía.
Aunque la vista de hoy, en la que estaban personadas las tres partes, no anula el proceso paralelo, Iberia puede desistir de él, lo que decidirá en función de la sentencia sobre la demanda de Express, que podría conocerse, según fuentes judiciales, en una semana.
Clemente se centró en demostrar que Express es una sociedad independiente de la matriz, aunque forme parte del mismo grupo empresarial.
No existe trasvase de plantilla entre ambas compañías, ni confusión patrimonial, ya que los servicios de hándling (asistencia en tierra) y de mantenimiento que presta Iberia a su filial se realizan con contratos, como ocurre con el resto de compañías a las que ofrece los mismos servicios.
Aseguró que cada una toma sus propias decisiones y que el hecho de que los billetes de Iberia Express se vendan también a través de la web de Iberia, se debe al acuerdo de código compartido con la matriz.
En opinión de la abogada, el laudo constriñe el desarrollo y la posibilidad de crecimiento de la compañía en el futuro, y las limitaciones que impone respecto al volumen de la flota y rutas, ponen en duda su subsistencia.
El abogado del Sepla, Luis Enrique de la Villa, del bufete Roca Junyent, respondió que el supuesto daño económico del que habla Express no es real porque el laudo no se está cumpliendo, y, además, estaría vigente solo hasta el 31 de diciembre de 2014.
También hizo hincapié en que las tarifas no están fijadas en los contratos de mantenimiento y hándling, hecho que, para la abogada de Express, supone una práctica habitual en la prestación de este tipo de servicios en el sector del transporte aéreo.
El fiscal, cuya opinión no es vinculante, se mostró a favor de desestimar la anulación del laudo, al igual que en la vista anterior por la impugnación del mismo presentada por Iberia.
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