Terrorismo

Indicios de delitos penados con hasta cuatro años de cárcel

La Razón
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La jueza de Madrid, Carmen Valcárcel, decretó ayer la libertad provisional sin medida cautelar alguna respecto a los nueve detenidos por su presunta participación en un enfrentamiento con los agentes de Policía que les ordenaron desalojar la Puerta del Sol, la madrugada del pasado domingo. La magistrada sólo les ha impuesto la obligación de comparecer ante el juzgado cuando sean citados.
Pese a ello, en la resolución judicial se deja claro que existen indicios de que la actitud de los detenidos puede ser constitutiva de varios delitos graves: «Existen motivos bastantes para estimar responsable criminalmente del delito de resistencia, desobediencia y atentado a agente de la autoridad y lesiones», afirma al respecto la juez.
El delito más grave de los anteriores es el de atentado a agente de la autoridad, para el que se fija una pena de prisión de dos a cuatro años de cárcel y multa de tres a seis meses. La resistencia o la desobediencia grave a los agentes que se encuentren «en el ejercicio de sus funciones» está castigado con pena de prisión de seis meses a un año.
 La fiscalía, por su parte, no pidió la prisión provisional de los detenidos, por lo que la jueza tuvo que decretar su libertad. La magistrada también rechaza la medida de alejamiento de la Puerta del Sol solicitada, ya que, en todo caso, esa medida no impediría «la reiteración de hechos similares, que sería la finalidad» que tendría su adopción.