Ministerio de Justicia
Condenan al ex presidente de la Audiencia de Las Palmas por favorecer a un narcotraficante
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado al ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas José Antonio Martín Martín a un año y seis meses de suspensión y multa de ocho meses por actividades prohibidas a funcionarios al favorecer a un narcotraficante. La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal, hecha pública hoy, contó con el voto particular en contra de uno de los tres magistrados del tribunal, Javier Varona Gómez-Acedo, quien considera que su compañero no cometió delito alguno, aunque ha quedado probado que aconsejó para la puesta en libertad del narcotraficante. El otro acusado en esta causa, el empresario Wilebaldo Luis Yanes, amigo del magistrado, ha sido condenado como cooperador necesario en el delito de actividades prohibidas a funcionarios públicos a ocho meses de inhabilitación para cargo público y a una multa de cinco meses con cuota diaria de 30 euros. El tribunal señala que no quedó acreditado que el magistrado prestó asesoramiento jurídico ocasional movido por el afán de obtener un lucro ilícito y sostiene que en el caso de Martín "se cumplen todos y cada uno de los elementos objetivos y subjetivos que integran el tipo del delito de actividades prohibidas a los funcionarios públicos". El asesoramiento o consejo dado por Martín "comprometió la imparcialidad del presidente de la Audiencia de Las Palmas, menoscabó su deber de exclusividad, y provocó una interferencia entre los intereses privados y los de naturaleza pública", por lo que entiende que ha de ser objeto de persecución penal. Según los hechos probados, Martín dio instrucciones a Wilebaldo Luis Yanes de cómo debía actuar el narcotraficante Rafael Bornia, para que se le concediera la libertad con fianza en una vista en la que se iba a resolver un recurso de apelación sobre su situación de prisión provisional y en la que él sabía que iba a ser el magistrado presidente. Además, momentos antes de iniciarse la vista, celebrada el 28 de julio de 2005, el magistrado se acercó al fiscal Antidroga Javier García Cabañas y le preguntó por la posibilidad de que la Fiscalía, modificando su criterio anterior, pidiese la libertad de Rafael Bornia. Ante la negativa del fiscal, el magistrado interesó una petición de libertad con una "alta fianza", que también fue rechazada. Así mismo, al finalizar la vista y en el momento de la deliberación entre los magistrados que componían la sala, Martín se apartó del criterio que había mantenido en casos similares y votó en solitario a favor de que se acordase la libertad provisional a Rafael Bornia, que posteriormente fue condenado por un delito de tráfico de droga. Los otros dos magistrados rechazaron la propuesta de Martín, quien "no cejó en su empeño y se enfrentó a la negativa de estos interesando "insistentemente"de sus compañeros un cambio de criterio, sin éxito. Martín, en ningún momento, advirtió a los dos magistrados de los contactos, encuentros y conversaciones mantenidas directa e indirectamente con el hermano de narcotraficante, Julio Bordón, que fueron conocidos por la Justicia a raíz de las escuchas telefónicas practicadas durante la investigación del "caso Eólico"dirigida por el juez Miguel Ángel Parramón. Julio Bordón, quien conocía desde 2001 al otro acusado Wilebaldo Luis Yanes y de su amistad con Martín, que a su vez le había juzgado también a él por la misma causa que a Rafael, para conseguir la libertad provisional de su hermano pidió ayuda al empresario, quien se ofreció a colaborar en tales gestiones e interceder ante su amigo. Para ello, organizó una cena el 5 de mayo de 2005, meses antes de la vista, en la que coincidieron Julio Bornia, el propio Luis Yanes, el magistrado y otras dos personas ajenas al motivo del encuentro. La sentencia, en sus fundamentos de derecho, rechaza todas la cuestiones previas formuladas por las defensas de los dos acusados. Tras descubrirse el delito, José Antonio Martín Martín fue apartado provisionalmente del cargo el 19 de enero de 2006 y posteriormente fue expedientado por el Consejo General del Poder Judicial, quien había dejado pendiente su resolución hasta conocer la sentencia.
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