Administración Pública
El borrador de la ley andaluza del cine plantea dudas legales tres años después
El Consejo Económico y Social detecta «problemas» de seguridad jurídica en el anteproyecto de la Junta anunciado ya en 2014. Avisa de «un déficit en la formulación de la participación» de los entes del sector y aconseja incluso cambiar el nombre a la norma
El Consejo Económico y Social detecta «problemas» de seguridad jurídica en el anteproyecto de la Junta anunciado ya en 2014
Avisa de «un déficit en la formulación de la participación» de los entes del sector y aconseja incluso cambiar el nombre a la norma
Ya son tres los consejeros andaluces de Cultura que le han dado vueltas y vueltas a la futura ley autonómica del cine, un sector que engendró 626 empresas en 2016 en la región, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). El primero fue Luciano Alonso en 2014. La segunda, su sucesora en el cargo, Rosa Aguilar, la encargada de presentar el anteproyecto al Consejo de Gobierno de la Junta en enero de este año. Y el tercero, el actual titular de la cartera, Miguel Ángel Vázquez, quien a principios del pasado julio aseveró que el texto se había registrado en el Consejo Económico y Social de Andalucía (CES) y había entrado en su recta final. Entre medias, la presidenta de la Junta, Susana Díaz, se ha acoplado a varias fotografías de esas que contribuyen a parecer omnipresente con representantes de esa industria en la comunidad, entre ellos los responsables de películas taquilleras como «La isla mínima» o «El hombre de las mil caras» y del área de producción, algunos de los cuales denunciaron luego sentirse en cierta forma defraudados por las promesas incumplidas.
Ahora, tres años después, y tras analizar la «cuarta versión» del borrador de una ley que se elaboró en enero de 2015, el CES recomienda al Ejecutivo regional que lleve a cabo cambios.
En su dictamen sobre el anteproyecto de ley, aprobado por el Pleno del órgano consultivo el último 27 de julio y examinado por LA RAZÓN, el ente sostiene que hasta el nombre de aquél «podría haber reflejado mejor su contenido; podría haberse denominado ‘Ley de Fomento del Cine en Andalucía’», al tratarse de una norma «cuyo fin principal es dotar de recursos a la producción cinematográfica y audiovisual en Andalucía, para que pueda mejorar su estructura industrial, su competitividad» y ser «generadora de empleo».
Entiende el consejo que el anteproyecto presenta «un déficit en la formulación de la participación». «No queda suficientemente recogida –se asevera en su documento– la presencia de las entidades más representativas de los diferentes sectores, que operan en el día a día, y la participación de los agentes económicos y sociales» u «organizaciones sindicales y empresariales» más significativas, lo que provoca que parezca, a juicio del CES, que «no» se hayan «tenido en consideración los criterios de participación representativa que recoge nuestro ordenamiento jurídico» y que se haya recurrido a «conceptos genéricos».
Considera el Consejo Económico y Social, en la misma línea, que una norma que creará el Consejo Asesor de Cinematografía, un sistema de información y seguimiento de la actividad cinematográfica y de producción audiovisual, más una estrategia andaluza para el impulso de esta industria, «requiere una mayor concreción respecto a las organizaciones y entidades que participan», además de que «sería muy relevante» conocer, «al menos», la composición, las competencias y las funciones del mencionado consejo asesor –que se parirá «a priori» como una entidad de carácter consultivo que se concretará en un reglamento–, «sobre todo, para dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica».
Y esto no es todo. El CES apunta otra cuestión genérica relativa al anteproyecto de ley, antes de abordar las modificaciones del articulado por las que aboga: se trata de la técnica empleada para su elaboración. «Comparándolo con la norma estatal del cine –se señala en su dictamen–, se aprecia que el proyecto autonómico reproduce numerosos preceptos de aquélla». Punto en el que avisa de que la reiteración de normas –conocida como «lex repetita»– «trasluce la distribución de competencias sobre las distintas materias, regulada en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía» y puede plantear «problemas» por eso y por la reproducción que se haga de la normativa estatal. «Con esta práctica se puede resentir el principio de seguridad jurídica», advierte el CES, «ya que puede generar incertidumbre sobre el régimen» que atañe al derecho «aplicable». En ese sentido, insta a revisar «algunos preceptos» del pretendido texto legal en los que la regulación reproducida «no es plenamente coincidente con el régimen contemplado en la normativa estatal», como sucede, por ejemplo, en materia de definiciones, de la calificación de obras audiovisuales, o en la de ciertas ayudas. Un riesgo del que ha alertado, recuerda, el Tribunal Constitucional (TC). El consejo recomienda también evitar en el articulado expresiones indeterminadas como «promover» o «facilitar» que «se alejan del contenido prescriptivo propio de las normas jurídicas» y hace notar que «no responde, en lo relativo a la tramitación electrónica, a lo establecido por la Ley 39/2015». Por último, en cuanto a lo global, si Aguilar incluyó entre las claves de la futura ley el cuidado de la igualdad de género y la visibilidad de la mujer, el CES aconseja repasar el texto con la vista puesta en la normativa andaluza «específica para la no discriminación de género en el lenguaje».
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