Andalucía

El «número 3» de Díaz en el PSOE, investigado por prevaricación

La Audiencia de Málaga determina que continúe la investigación por la piscina que se construyó Conejo en Rincón de la Victoria

El secretario de Política Institucional del PSOE-A, Francisco Conejo
El secretario de Política Institucional del PSOE-A, Francisco Conejolarazon

La Audiencia de Málaga determina que continúe la investigación por la piscina que se construyó Conejo en Rincón de la Victoria

El secretario de Política Institu-cional del PSOE andaluz, Francisco Conejo, deberá declarar como investigado por presuntos delito de prevaricación y tráfico de influencias por la piscina ilegal que se construyó en su vivienda de la localidad malagueña de Rincon de la Victoria.

La Audiencia Provincial ha estimado el recurso de apelación contra el archivo de la denuncia que interpuso una abogada por presuntas irregularidades en la ejecución de los trabajos, al acordar la «continuación del procedimiento y la práctica de diligencias» con el objetivo de propiciar el «total esclarecimiento de los hechos denunciados».

La Sección Segunda del tribunal malagueño expone que la denuncia versa sobre hechos «que podrían incardinarse en el delito de tráfico de influencias o bien de prevaricación» entendiendo co-mo necesaria la práctica de diligencias, «a fin de agotar la investigación sin perjuicio de que, con posterioridad pueda en su caso la jueza de instrucción acordar el sobreseimiento provisional».

La Sala alude a lo establecido en su momento por la Fiscalía, al determinar que los hechos no estarían prescritos, toda vez que la pena de inhabilitación prevista para el tipo penal «prescribe a los diez años».

Ante esto, recuerda que el Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga sí insistía en que los hechos estarían prescritos, ya que lo que se denuncia es un delito de tráfico de influencias del artículo 429 de Código Penal y no del artículo 428 de mismo consistente que el tambien portavoz del PSOE de la Diputación de Málaga y concejal en el Ayuntamiento de Málaga «influyó en un funcionario público o autoridad», en alusión a la alcaldesa socialista de Rincon de la Victoria, Encarnación Anaya.

A respecto, incide en que ésta era «subordinada política de imputado» y lo hizo para «tener un beneficio económico que se concretaría en que no tuvo que soportar el pago del proyecto técnico para obtener, ascendiendo el coste a 7.000 euros».

La denunciante hace hincapié en el recurso de apelación, en que en la fecha de los hechos, el dirigente socialista ocupaba cargo público en la Diputación de Málaga y por tanto era «autoridad y superior jerárquico» de Anaya, por lo que entiende los hechos se encuadrarían en el tipo recogido en el Código Penal 428 y no en el 429, argumentando que el querellado ocupaba el cargo de coordinador de la Vicepresidencia primera de la Diputación Provincial malagueña.

Es por ello por lo que la Sala entiende preciso «agotar la investigación para esclarecer al máximo los hechos, y añade la idoneidad de proceder la estimación de recurso y la admisión de la que-rella,acordando la continuación de la causa y la práctica de diligencias necesarias con el fin de ampliar al máximo la presente instrucción».

El Juzgado de Instrucción 10 decidió el sobreseimiento provisional de la denuncia contra Conejo, al considerar que no había indicios de delito y, además, que en todo caso estaría prescrito.

En este sentido, la secretaria general del PP andaluz, Loles López, pidió ayer a Conejo «coherencia» y que «predique con el ejemplo», tras conocer que deberá comparecer ante el juez y añadió que tiene una «oportunidad de oro» para dar ejemplo consigo mismo.

Igualmente, López conminó a Ciudadanos a no ser «cómplices directos de seguir manteniendo la corrupción en Andalucía», al tiempo que defendió la necesidad de que la presidenta andaluza, Susana Díaz, explique «qué va a hacer».

Por su parte, el abogado de Conejo insistió en «la inexistencia de cualquier tipo de atisbo de responsabilidad, no ya penal, sino de clase o naturaleza alguna». Igualmente, lamentó la «intención espuria» por parte de la abogada que denunció los hechos.