Administración Pública
Incumplir la Ley de Transparencia supondrá hasta 400.000 euros de multa
Veintidós meses después de que PSOE e IULV-CA rubricaran su acuerdo programático para formar gobierno, la Junta ha aprobado la primera norma de éste: la Ley de Transparencia. Y algo menos de ese periodo será lo que tarde en entrar en vigor si, como defienden los dos integrantes del Ejecutivo, no se adelantan las elecciones autonómicas. La previsión es que el Parlamento apruebe el texto normativo «en este periodo de sesiones» para su posterior publicación en el BOJA, tras lo que la Junta se ha dado un plazo de un año para ponerla en práctica, que será de dos en el caso de las administraciones locales.
De hecho, esta puerta que se abre a una evolución «avanzada y valiente» en materia de transparencia, en palabras del consejero de Presidencia, Manuel Jiménez Barrios, afectará no sólo a las administraciones –Junta, Parlamento en sus decisiones administrativas, ayuntamientos, diputaciones, uni-versidades y agencias o entidades vinculadas–, sino también a los adjudicatarios de contratos del sector público; los beneficiarios de subvenciones; las entidades sin ánimo de lucro que reciban fondos; las empresas privadas que gestionan servicios municipales y las que concierten con la Administración la prestación de servicios. Las demandas de información de los ciudadanos deberán ser respondidas por parte de la Administración en no más de 20 días hábiles y la ausencia de respuesta tendrá que ser motivada. De no ser así, habrá sanciones. Este punto es unas de las principales novedades del proyecto de ley aprobado ayer por el Consejo de Gobierno con respecto al anteproyecto al que se dio el visto bueno en junio de 2013 y la Junta remitió al Consejo Económico y Social (CES) y al Consejo Consultivo. Un régimen sancionador, del que carece la ley nacional de transparencia que se gesta y que incluirá, por lo que respecta a las autoridades, «el cese en el cargo», con la imposibilidad incluso de volver a ser nombrado en tres años. En cuanto a otras personas y entidades, las multas oscilarán desde los 200 euros hasta los 400.000. A ello se sumará la posibilidad de una amonestación de reintegro de los fondos públicos o de la resolución contractual.
El encargado de dirimir sobre ésas y otras sanciones será el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, ente con personalidad jurídica propia y cuyo director, «una persona de prestigio y de una independencia reconocida», será elegido por mayoría absoluta en el Parlamento. Su sueldo, aún por fijar como otros muchos puntos, supondrá, según el consejero, el único coste de una norma que no va acompañada de memoria económica. La ley implicará además la creación de un Consejo Asesor que clarifique la concesión de ayudas públicas, un cortafuegos contra futuros «casos ERE». ¿Se publicará también la contabilidad de los partidos? No, para ello será necesario modificar la Ley de Cámaras y dotar de mayores prerrogativas a la de Cuentas.
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