El desafío independentista

El TS falla a favor de la enseñanza en castellano en educación infantil

Desestima el recurso de casación de la Generalitat contra una sentencia anterior

La consellera de Enseñanza, Irene Rigau, siempre ha defendido la política lingüística de la Generalitat
La consellera de Enseñanza, Irene Rigau, siempre ha defendido la política lingüística de la Generalitatlarazon

BARCELONA- El Tribunal Supremo (TS) dictó ayer una sentencia que avala el derecho de una niña a tener el castellano como lengua vehicular en el colegio. El fallo llegó después del análisis de los recursos presentados tanto por la Generalitat como por diversas familias. El Alto Tribunal también pide al gobierno catalán que garantice una «conjunción lingüística».

La sentencia otorga la razón al recurso que presentó un matrimonio, los padres de la menor, contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (PP), que el Supremo ahora desautoriza porque «no declara el derecho a recibir educación infantil en la lengua que opte la familia».

Por lo tanto, el TS declara el derecho de la menor, Rosario, a recibir en castellano la educación infantil. También se condena a la Generalitat al pago de las costas del recurso de casación presentado. El fallo añade que en el modelo educativo catalán «no cabe una opción de exclusividad de las enseñanzas de los ciclos obligatorios de primaria y secundaria y, salvo la excepción, de la educación infantil, con derecho a recibirla en la lengua habitual».

Lenguas oficiales

El Supremo declara que en el modelo de preinscripción en educación infantil se tiene que preguntar por la lengua habitual a los padres o tutores de los niños escolarizados en centros públicos. Recuerda la sentencia que tanto el catalán como el castellano son las dos lenguas oficiales en Cataluña, y que el artículo 3 de la Constitución indica que todos los españoles tienen el derecho de usar el castellano. Señala la sentencia que «para ello es preciso que, en la enseñanza en Cataluña, el castellano sea lengua vehicular juunto con el catalán y no solo lengua docente, el castellano no puede quedar reducido a la condición de lengua docente y equiparada, en cuanto a su estudio, al mismo número de horas que el primer idioma de estudio extranjero».

El Supremo alega en su nueva sentencia que «el régimen lingüístico del sistema educativo catalán lo que ha de garantizar es que en la enseñanza sean vehiculares tanto el castellano como el catalán, pero sin que hayamos establecido la posibilidad de la utilización exclusiva de una de ellas o su relegación a una mera condición de lengua docente».

Hasta ahora, la Generalitat ha hecho caso omiso de todas las sentencias contrarias a su política de inmersión lingüística, que lleva a cabo desde más de 30 años y que establece que el catalán es la única lengua vehicular en la enseñanza.

Horas después de conocerse el fallo, la consellera de Enseñanza, Irene Rigau, valoró la sentencia y avisó de que la sentencia es «inaplicable», ya que, según dijo, abre la puerta a la «segregación» por razones lingüísticas, por lo que se recurrirá el auto ante el Constitucional. Rigau señaló que no se puede aplicar el fallo «porque es imposible volver atrás».

la consellera opinó que la sentencia supone un «ataque frontal» al Estatuto y a la Ley de Educación Catalana (LEC) respecto a anteriores resoluciones judiciales, ya que, recordó, por primera vez se reconoce el derecho de «opción lingüística».

Una polémica política lingüística

1998

La Generalitat aprueba su ley de Política Lingüística, que sitúa al catalán como única lengua vehicular en las escuelas y margina al castellano.

2010

Una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional consideró también el castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto al idioma catalán.

2012

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoció el derecho de cuatro familias a que hijos fueran escolarizados con el castellano como lengua vehicular.

2013

El Supremo sentenció que la Generalitat «debe adaptar» su sistema de enseñanza la asituación creada por el fallo de 2010 del Constitucional.