Tribunal Constitucional
Forcadell alega ante el TSJC que en un Parlament no hay «debates ilegales»
Subraya en su recurso que las iniciativas rupturistas no son suyas, sino de los grupos parlamentarios de JxSí y la CUP.
Como estaba previsto, la defensa de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, recurrió ayer la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de investigarla por desobediencia al permitir votar la hoja de ruta independentista. Alegaron que «no se puede prohibir el debate parlamentario porque ni existe ni puede existir un debate de ideas ilegal».
También alegaron que ella no tomó la decisión de llevar al pleno las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente si no que fue «iniciativa de dos grupos parlamentarios», en referencia a Junts pel Sí (la coalición de la antigua CDC con ERC) y la CUP.
«No fue en ningún caso la Honorable presidenta del Parlamento la que alteró, a iniciativa propia, el orden del día», se sostuvo desde el recurso de súplica. Forcadell está acusada de desobediencia y prevaricación.
Niega las acusaciones
En su recurso, Forcadell carga contra la Fiscalía y avisa que si no se revoca su decisión de investigarla por desobediencia pueden haber «graves perjuicios» a la política y «erosionar» la separación de poderes. Aseguró que no cometió prevaricación ni desobediencia al Tribunal Constitucional (TC), ya que como presidenta del Parlamento, «no tiene facultad para restringir la libertad de expresión».
Insiste la defensa en que no podía «censurar el contenido de los debates entre los diputados, ni para restringir la votación de las iniciativas parlamentarias». Forcadell cargó con dureza contra la Fiscalía, a la que acusó de «tergiversar» parte de los hechos para confeccionar un relato «artificial» con el objetivo de exponer una versión «parcial e interesada» que le permita «generar una realidad» que justifique la interposición de la querella.
Recalca el alegato que «la Presidencia no tiene ningún poder o prerrogativa para limitar el contenido de lo que se expresa, más allá de ordenar el debate y valorar, como un miembro de la Mesa, en cumplimiento de las exigencias formales de cualquier iniciativa parlamentaria». Se insistió en que Forcadell, como presidenta del Parlament, «no tiene ninguna facultad para restringir la libertad de expresión en la cámara catalana, ni puede censurar el contenido de los debates entre diputados, ni para restringir la votación de las iniciativas parlamentarias».
La investigación por este caso, según Forcadell, es el «primer ejercicio conocido en la trayectoria del sistema penal español de someter a análisis en la jurisdicción penal la prohibición y sanción del debate de ideas».
El escrito apunta que el TC «no puede obligar a nadie (en el sentido de obligarlo con consecuencias jurídico–penales por desobediencia) a controlar las opiniones y la actividad política con un filtro tal como el Ministerio Fiscal aplica». «No puede existir ninguna resolución judicial que genere un espacio de prohibición del debate parlamentario, ni ninguna fuerza anulatoria genérica que restrinja el derecho de representación política y de libre expresión de las ideas», expone el recurso, en el que se advierte de que en este caso hubo «mandatos de interpretación incierta».
También se apela al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que remarcó que la libertad de expresión es un «derecho fundamental en la elaboración de políticas y estrategias gubernamentales nacionales y constituye uno de los pilares básicos de una sociedad democrática y de su progreso y desarrollo».
Forcadell también lamenta en su recurso presentado que la Fiscalía o bien ha tergiversado «parte de los hechos» o bien admite algunos que «no están contrastados», con la voluntad de «generar una realidad que permita articular una querella que no tendría futuro si se respetara lo que realmente ocurrió».
✕
Accede a tu cuenta para comentar