Barcelona

Los condenados por asediar el Parlament tienen 10 días de plazo para ingresar en prisión

La Audiencia Nacional ha dado diez días para ingresar en prisión a los ocho "indignados"condenados a tres años de cárcel por un delito contra las altas instituciones del Estado, por participar en los actos de acoso a diputados del Parlament en junio de 2011.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la Audiencia Nacional -tribunal encargado de ejecutar la sentencia dado que fue el que juzgó a los "indignados"- da un plazo de diez días a los condenados para que entren voluntariamente en prisión, bajo la advertencia de que, de lo contrario, ordenará su encarcelamiento.

Los abogados de los jóvenes condenados han anunciado que presentarán ante la Audiencia Nacional un escrito en el que piden la suspensión de su entrada en prisión mientras el Tribunal Supremo (TS) no resuelva sobre el incidente de nulidad que han interpuesto.

Los 19 "indignados"encausados por los actos de acoso a diputados del Parlament en junio de 2011, en una manifestación de protesta ante un pleno de la cámara catalana que abría la puerta a los recortes, fueron inicialmente absueltos por la Audiencia Nacional, con el voto particular de un magistrado.

Posteriormente, el Supremo estimó parcialmente los recursos presentados por la Fiscalía y las acusaciones ejercidas por la Generalitat y el Parlament e impuso penas de tres años de cárcel a ocho de los participantes en la protesta, por un delito contra las altas instituciones del Estado.

La defensa de los "indignados"ha presentado un nuevo escrito ante el Supremo para pedir la nulidad de la sentencia y, paralelamente, ha iniciado los trámites para impugnarla ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Además de pedir la suspensión de la ejecución de la condena mientras el Supremo resuelve sobre su petición, los abogados de los "indignados"están estudiando solicitar al Gobierno el indulto de los condenados, han informado a Efe fuentes jurídicas.

El Tribunal Supremo basó su condena en que el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión no pueden neutralizar otros derechos y, en concreto, el de participación política a través de los representantes legítimos.

Los incidentes se produjeron el 15 de junio de 2011, durante una concentración ante el Parlament contra los recortes sociales convocada por el movimiento 15M.