Vivienda

El Consell propone leyes a sabiendas de que serán recurridas

Algunos juristas creen que es «una huída hacia adelante» para mejorar su imagen

Las normas que proponga la Ley no pueden ir en contra del Derecho Civil
Las normas que proponga la Ley no pueden ir en contra del Derecho Civillarazon

El Consell no ha tomado en consideración los dictámenes del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana sobre los proyectos de Ley propuestos para su debate en Les Corts, a pesar de que se le hacen serías advertencias de que, en el caso de que se les dé el visto bueno en la Cámara autonómica, van a ser recurridos por el Gobierno ante el Constitucional.

Ese es el caso del Anteproyecto de Ley por la Función Social de la Vivienda. En esta ocasión, además se da la circunstancia de que no podrá entrar en vigor hasta el año 2019, dado que hay una norma superior, Ley 25/2015, de segunda oportunidad, en la que se establece un plazo moratorio de cuatro años.

Pero también sabe el Consell, porque así lo ha indicado el órgano consultivo de la Generalitat, que las normas que proponga no pueden ir en contra del Derecho Civil ni tampoco establecer obligaciones que no estén allí recogidas. Sería el caso de la obligatoriedad a los bancos o propietarios de las viviendas, de establecer una nueva relación con el deudor. Otro de los ámbitos cuestionados es de la «expropiación forzosa». En este sentido los expertos aseguran que hay sentencias del Tribunal Constitucional en las que se pone de manifiesto que ninguna norma elaborada por las Comunidades autónomas puede invadir la competencia estatal. Por lo tanto, los juristas consultados por La Razón, consideran que la nueva norma puede convertirse en una gran «cortina de humo» sin ninguna efectividad.

Hay que señalar que todas las leyes que se aprobaron en los diferentes territorios fueron recurridas por el Gobierno central, a excepción de la de Catalunya, validada durante la etapa de José Luis Rodríguez Zapatero como presidente del Gobierno.

Los expertos afirman que el Consell no podrá aplicar la Ley, y en el caso de hacerlo, tendrá numerosos recursos, no solo del Estado, sino también de propietarios (bancos o agentes inmobiliarios) o afectados. «No se puede obligar a expropiar, pero tampoco a habitarlos».

Así las cosas, parece que la estrategia del Consell es poner en marcha la iniciativa, a la espera de lo que pueda ocurrir. Si el Constitucional admitiera los recursos, la ley se paralizaría durante cinco meses y después podría entrar en vigor hasta la publicación de la sentencia, lo que posibilitaría unos años de vigencia.

Hay que recordar que el Alto Tribunal anuló la Ley del Régimen Económico Matrimonial Valenciano tras haber entrado en vigor en el año 2008.