Valencia
Fiscalía investiga al Consistorio de Riba-Roja por una presunta contratación amañada
El PP ha denunciado prevaricación, falsedad, negociaciones prohibidas y malversación
El PP ha denunciado prevaricación, falsedad, negociaciones prohibidas y malversación
La Fiscalía Anticorrupción ha abierto diligencias de investigación al Ayuntamiento de Riba-Roja del Turia por la denuncia presentada por una edil del PP en la que advierte de la posibilidad de existencia de los delitos de prevaricación, falsedad documental, negociaciones prohibidas y malversación de fondos públicos.
La edil denunciante, María José Ruiz (PP), considera que el Ayuntamiento pudo cometer esos delitos en la contratación de la creación de la página web «www.ribasport.es» que fue promovida por la concejal de Deportes, Lola Verdeguer (PSPV), mediante un contrato menor con el coste de 8.950 euros más 1.879 de IVA.
Según explica la denuncia, el Ayuntamiento solicitó tres ofertas a distintos proveedores y fue adjudicada a una de ellas, pero opina la denunciante que «parece que existen indicios suficientes y más que razonables de que el hecho de optar por la tramitación propia de un contrato negociado sin publicidad no ha sido más que una artimaña o mascarada, una auténtica escenificación encaminada a dar apariencia de legalidad a la contratación».
La empresa seleccionada finalmente tenía como objeto social «el ejercicio de actividades publicitarias en el marco de actuación de una agencia de publicidad general», lo que según los denunciantes «no se corresponde con el objeto del contrato». Pero más allá de esa circunstancia, resulta, siempre según la denuncia, que «la mercantil estaba en situación de concurso de acreedores» lo que conlleva la «prohibición de contratar con el Ayuntamiento de Riba-Roja y con cualquier otra administración pública».
Otra de las empresas que concurrió a la adjudicación tiene como socio y administrador único a una persona que «no sólo goza de una excelente relación con los miembros del Gobierno municipal de Riba-Roja, sino que es acompañante habitual del conejal de Deportes (...) figura conocida vulgarmente como asesor aunque sin tener nombramiento al efecto». Además, señala que el susodicho «concurrió en las pasadas elecciones municipales de mayo de 2011 en las lista del PSOE junto al actual alcalde de la población y a la actual concejal de Deportes».
Además, el representante de la otra empresa concurrente, había trabajado durante un tiempo en la empresa que resultó adjudicataria. Según la denuncia, ambas empresas comparten el mismo número de teléfono.
No solo eso, «a la vista de las ofertas presentadas podemos observar que las mismas comparten formato, contenido, e incluso espaciado y número de puntos suspensivos, de manera que parece que hayan utilizado un mismo documento base sobre el que han cambiado simplemente el logotipo y nombre de la empresa». También en dichas ofertas, el número de teléfono de las dos empresas es idéntico.
Además, el que fuera administrador de la empresa concursada y que ganó el contrato público del Ayuntamiento, pasó en 2018 a ser el administrador único de la segunda empresa, aquella con la que curiosamente compartía número de teléfono.
Según la denunciante «todo ello lo que evidencia es que, al parecer, hubo una connivencia entre los denunciados para obtener un contrato sin perjuicio de la administración contratante y para beneficio propio de alguno o algunos de los denunciados. De esta manera, el medio empleado posibilitó a los denunciados ya no solo asegurarse la obtención de un contrato, sino incluso alterar muy probablemente el precio de mercado de la prestación contratada, encareciendo así el coste para el Ayuntamiento en beneficio del o los adjudicatarios». Y añade que «sea como fuera, la realidad es que la vulneración del derecho es de una entidad tal que no puede ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable, ya que la ilegalidad es contundente y manifiesta».
Por último, la denuncia también señala que «la Junta de Gobierno, formada por todos los concejales denunciados, aprobó el pago de las facturas sin que el mismo fuese efectivamente prestado».
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