Sevilla

Absuelto de un robo violento por unas gotas de sangre

La Razón
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Absuelto por el ADN de un delito que él reconoció. El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena de tres años y medio de cárcel impuesta por un juzgado de lo Penal de Sevilla a un acusado de robar a dos mujeres amenazándolas con un cuchillo de grandes dimensiones. Se da la paradoja de que el imputado llegó a reconocer los hechos y a aceptar la pena. El encartado permanecerá en prisión por otras causas.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso LA RAZÓN de Sevilla, las pruebas de ADN recibidas tras la celebración del juicio excluyen al encartado, Ismael M. T., de participar en el robo. Los restos sanguíneos han llevado hasta Carlos G. R., iniciándose un procedimiento provisionalmente archivado «por existir cosa juzgada».

El Ministerio Fiscal, por escrito de fecha 16 de octubre de 2012, dictaminó que tras la llegada «del informe pericial completo sobre comparación de ADN» se revela «un dato que no se encontraba en el fax en que se adelantó el resultado, y es que las muestras de sangre remitidas presentaban el mismo perfil de varón». Esta prueba «acredita la inocencia» del acusado. Según los hechos enjuiciados, sobre las 3:46 del 22 de noviembre de 2010, la víctima denunció un robo con intimidación cuando estaba parada en el vehículo de su propiedad con una amiga. Entonces, «una persona desconocida –con gorro negro y gafas oscuras– rompió el cristal de la puerta del copiloto e, introduciéndose por el hueco con un cuchillo de grandes dimensiones, les conminó a que le dieran sus bolsos y otros efectos, escapando con ellos». El ladrón se hizo cortes en las manos al romper el cristal, «cayendo gotas en el interior del vehículo». Posteriormente, tras las diligencias del juzgado, «las víctimas reconocieron fotográficamente» al presunto autor del delito. Tras una rueda de reconocimiento, ratificaron la identificación. El fiscal pidió cinco años de prisión y la defensa, la libre absolución. El juzgado de lo Penal 10 convocó juicio oral y «el acusado se conformó con la pena que modificó el fiscal (tres años, seis meses y un día de prisión) y la indemnización solicitada».

Buscando el origen del ADN

La Policía Científica, antes de decantarse por un nuevo sospechoso, descartó que otras personas que manipularon el vehículo dejaran sangre. Se descartó al padre de la denunciante, al asegurar que no se hizo ningún corte. El operario que arregló la ventanilla mostró dudas, pero los análisis de ADN descartaron que los restos fueran de él. El resultado llevó al autor del robo.