Opinión

Excesos belgas

La justicia belga ha rechazado la Orden Europea de Detención y Entrega cursada por el Tribunal Supremo para entregar al exconseller de Cultura catalán su actuación en el «procés». Es un sujeto menor reclamado por un delito, valga la expresión, también menor –malversación de caudales públicos–, lo que no resta trascendencia a lo decidido. Y no sólo porque pueda beneficiar a otros huidos sino por la razón del rechazo: según el tribunal belga es una detención arbitraria porque el Tribunal Supremo es incompetente para ordenarla.
La sentencia es recurrible, pero inquieta. Primero porque inutiliza la euroorden como instrumento europeo de cooperación judicial. Su virtualidad consiste en que ya no se acude a la extradición, cuya última palabra corresponde a instancias gubernamentales. Con la euroorden la relación es entre tribunales, y se basa en un alto nivel de confianza entre los Estados miembros en la homogeneidad de las garantías procesales.
Y segundo, inquieta por su exceso. Se adentra en aspectos sujetos a la decisión soberana de cada tribunal nacional. En efecto, ¿puede un tribunal belga decidir sobre qué tribunal español es competente?; es más ¿puede enmendar la interpretación de nuestras leyes procesales hace el Tribunal Supremo pese a ser el supremo intérprete de la legislación no constitucional?
La normativa que regula la euroorden prevé que conforme a la legislación nacional el juez que la emita sea competente y puede denegarse, por ejemplo, si es contraria a los derechos fundamentales. El tribunal belga riza el rizo y convierte un argumento procedimental –la incompetencia, a su juicio, del Tribunal Supremo– en una razón sustantiva: al ser incompetente, la euroorden no la cursa el juez natural, luego se viola el derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley. Para ello se basa en informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, dependiente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
De revocarse esa sentencia el asunto puede acabar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos pues el Convenio Europeo de Derechos Humanos –como nuestra Constitución– prevé como derecho fundamental ser juzgado por el juez natural. Pero tal derecho lo que prohíbe son jueces excepcionales o especiales, exige que la atribución competencial se haga en una ley dotada de generalidad –no dictada para el caso– y anterior a los hechos. Respecto de las causas seguidas por el «procés» las defensas reiteradamente ha invocado ante el Tribunal Constitucional la infracción de tal derecho, sin que aún se haya pronunciado.
Ignoro si al emitir la euroorden el Supremo justificó su competencia –si es que debía hacerlo–, pero la realidad es que es un tribunal extranjero quien se atribuye la interpretación de la legislación española sobre atribución competencial, y lo hace contra la hecha por el Tribunal Supremo a quien afrenta con su desconfianza y censura, interpretación sólo enmendable por el Constitucional si es que la del Supremo careciese de fundamento. Y no menos grave: convierte esa discrepancia fuera de lugar nada menos que una orden de detención arbitraria.
La decisión belga tiene las trazas de errada, no es definitiva y puede llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si bien antes nuestro Tribunal Constitucional puede pronunciarse. Por lo pronto afrenta al sistema procesal español y a su más alto tribunal y, repito, lo hace a propósito de un instrumento de cooperación basado en la confianza mutua de que los sistemas procesales de los Estados de la Unión Europea garantizan los derechos fundamentales. De consolidarse tal decisión algo deberían decir la Comisión o el Consejo europeos sobre la viabilidad de la euroorden y, llegado el momento, España deberá defender –y bien– la bondad de nuestra Justicia.
Pero hay algo más. El nivel de nuestra Justicia es superior al de otros países europeos y somos de los menos condenados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero lo ocurrido es una consecuencia más de la ley socialista de 1985 y la constante sospecha que ha creado en estos años sobre la independencia judicial en España. El interés, la malicia y el oportunismo de la clase política respecto de la Justicia han ido creado una tendencia que cuestiona y desprestigia a nuestra Justicia, lo aprovechan quienes ven ese vestigio una baza y al final cala en tribunales foráneos.