Tribunales
La Fiscalía del Supremo apoya a las víctimas de la talidomida y pide reabrir el caso
En 2014, la Audiencia Provincial de Madrid falló a favor de la farmacéutica alemana Grünenthal y anuló las indemnizaciones para las víctimas
La Fiscalía de lo Civil del Tribunal Supremo ha acordado apoyar el recurso de casación presentado por la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que declaró prescritos los hechos y anuló las indemnizaciones para las víctimas.
En una nota informativa, recogida por Europa Press, el Ministerio Público ha explicado que basa su posición en la aparición de un nuevo documento en un archivo de acceso público en Alemania que permitiría reabrir el caso de la demanda presentada en su día por AVITE contra las compañías Grünenthal GMHB y Grünenthal Pharma SA, en la que se ejercitaba una acción de responsabilidad extracontractual por los daños personales causados por los efectos teratogénicos de la talidomida.
La Fiscalía ha considerado que dicho documento es “decisivo para el ejercicio de la acción civil”. En este sentido, ha indicado que “el proceso debe reabrirse atendiendo a la nula previsibilidad de encontrar un documento de estas características debido a su ubicación, la movilidad reducida de los recurrentes, o las dificultades de búsqueda derivadas del idioma, volumen y organización del registro”.
En octubre de 2014, la Audiencia Provincial de Madrid falló a favor de la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, y anuló las indemnizaciones que el Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid fijo hace para las víctimas de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE).
En la sentencia, la Audiencia revocó en su integridad la resolución adoptada por este juzgado al estimar el recurso de apelación interpuesto por la farmacéutica a la demanda de AVITE.
Los magistrados estimaron que las acciones ejercitadas por la asociación estaban prescritas, por lo que revocó el fallo por el que se condenaba a la compañía a indemnizar a cada uno de las víctimas con 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía que les hubiera sido reconocido, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda con el incremento previsto legalmente a partir de esta resolución.
La Audiencia de Madrid avisó que tomaba esta decisión sin perjuicio de que si se determine por la correspondiente investigación científica que los denominados daños secundarios pueden considerarse como secuelas derivadas de la talidomida, “los afectados de manera individual” podrían ejercitar acciones legales.
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