Tribunales
Descubren a un ladrón que olvidó un recordatorio del bautizo de su hija en la vivienda asaltada
La Sala de lo Penal del Supremo le ha condenado a siete años y nueve meses de prisión
La sentencia del Tribunal Supremo indica que “difícilmente puede encontrarse una pista más incriminatoria"que el hecho de que el recurrente se hubiese olvidado el recordatorio.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a siete años y nueve meses de prisión a un ladrón que fue descubierto al olvidar una figura del bautizo de su hija en una cama de la vivienda asaltada que la víctima entregó a la policía.
La sentencia indica que “difícilmente puede encontrarse una pista más incriminatoria"que el hecho de que el recurrente se hubiese olvidado el recordatorio en el piso asaltado y considera que ese hallazgo es una prueba indiciaria de especial relevancia que permitió a la policía iniciar una investigación, orientada hacia los asistentes a la celebración, que concluyó con la detención del condenado.
Después de investigar los bautizos que se habían celebrado en Barcelona –en los que se entregó el mismo recordatorio-, la policía localizó a la madre de la niña bautizada, expareja del acusado, que les entregó una foto en la que aparecían algunos de los asistentes a la celebración. Los agentes se la enseñaron a la víctima que al verla pudo identificar al asaltante.
El condenado denunció en su recurso que se han vulnerado los requisitos para que la identificación fotográfica policial sea fiable al mostrarse a la víctima sólo una foto, en la que aparecían diez personas con características muy diferentes, y en consecuencia niega la validez del reconocimiento en rueda que hizo ésta en el juzgado y, posteriormente, en el juicio.
Sin embargo, la Sala Segunda indica que no se vulnera la regla de mostrar una pluralidad de fotografías de los archivos policiales, o al menos de características similares a la descripción realizada por la víctima, cuando existe un indicio relevante que permite reducir el campo de sospechosos a un colectivo más reducido y se dispone de una fotografía de los integrantes de dicho grupo que puede ser examinada sin sugestión alguna por la víctima.
Asimismo, tampoco duda de la identificación que hizo la mujer, -estaba en su casa, con unas condiciones de luz favorables- que pudo ver la cara al autor del asalto durante un tiempo ya que actuó, al igual que los otros dos condenados, a cara descubierta.
Por todo ello, afirma que dicha identificación visual en fase policial cumple con los factores –intraprocesales y ambientales- necesarios para la fiabilidad y exactitud de la misma.
La sentencia estima parcialmente los recursos de casación interpuestos por los tres condenados y corrige las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Barcelona por los delitos de robo con intimidación con uso de instrumento peligroso en casa habitada (4 años), detención ilegal (5 años), lesiones (1 año y 6 meses) y falsificación (9 meses de prisión para dos de ellos), con la atenuante de reparación del daño. La Sala Segunda rebaja de 9 años de prisión a 5 años y 6 meses las condenas a cada uno de ellos sólo por los delitos de detención ilegal y robo con violencia e intimidación en casa habitada haciendo uso de armas, con la misma atenuante de reparación del daño, que considera se han cometido en concurso medial.
En este caso, explican los magistrados, la detención ilegal de la víctima constituyó un medio para cometer el robo; motivo por el que se anula la sentencia recurrida sólo en este extremo, manteniendo el resto de pronunciamientos sobre el delito de lesiones y falsificación, la responsabilidad civil, las costas y la absolución de los demás acusados.
Los hechos probados se produjeron el 29 de octubre de 2013 cuando los tres recurrentes se presentaron en casa de la víctima que les abrió la puerta al creerse que eran los mismos operarios que habían estado antes en la vivienda realizando unos trabajos -que también eran sudamericanos- para recoger unas herramientas. Los asaltantes se lanzaron violentamente sobre ella, le colocaron un cuchillo junto al cuello, la maniataron, amordazaron y ataron. Después llevaron a la mujer a una habitación donde había una caja fuerte, de la que se llevaron 1500 euros, y consiguieron a base de golpes que les entregara algunas joyas.
Finalmente, le taparon la cara con una toalla y le dijeron que estuviera 20 minutos sin moverse y sin llamar a la policía porque la matarían. La víctima pudo liberarse de las ataduras y llamó por teléfono a su hija que acudió al domicilio junto a los agentes. Los condenados se llevaron ordenadores y teléfonos móviles, valorados en 480 euros, joyas y dinero en efectivo. Días después, dos de ellos fueron detenidos con pasaportes argentinos falsos.
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