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El TC «tumba» la ley balear de corridas de toros sin muerte

Protestas en la última corrida que se celebró en la plaza de Palma de Mallorca
Protestas en la última corrida que se celebró en la plaza de Palma de Mallorcalarazon

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado los artículos de la ley balear de toros –aprobada en 2017 con el apoyo de los socialistas insulares, Podemos y MES y en contra de PP y Cs– que prohíben picar, banderillear y matar a las reses en las corridas que se celebren en el archipiélago.

Uno de los artículos anulados por el TC, el 9, establece que «los únicos utensilios que podrán usar el o la profesional taurino y taurina y los o las auxiliares durante la celebración de los espectáculos taurinos son el capote y la muleta». En el mismo también se prohíbe la utilización de cualquier «instrumento punzante que pueda producir heridas y/o la muerte del toro».

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol, también se anulan los artículos 6 (que impedía que los toros fuesen recluidos en los chiqueros de la plaza durante su estancia en la misma, obligando a que salieran «desde los mismos corrales), el 7 («no habrá presencia de caballos durante las corridas de toros») y el 8, que limita a un máximo de tres el número de toros que se torean en cada festejo y con una participación que «no durará más de diez minutos». Transcurrido ese tiempo, determinaba el artículo anulado, «serán conducidos y devueltos a los corrales acompañados por un rebaño de cuatro cabestros».

Asimismo, el Constitucional «tumba» la disposición que esteblece que los toros «deberán tener un mínimo de cuatro años cumplidos y en cualquier caso menos de seis» y que, por ejemplo, fija el pesaje de los toros para plazas de primera entre los 460 y 480 kilos. Igualmente, obliga a todas las plazas, independientemente de su categoría, a tener una báscula de pesaje.

Otros preceptos anulados por el TC –en una resolución que se conocerá en las próximas fechas y cuenta con varios votos particulares, informa Efe– hacen referencia al reconocimiento veterinario que, terminada la corrida, debería realizar personal veterinario a los toros «para comprobar el estado sanitario y de bienestar del animal». Del mismo modo, el Alto Tribunal también declara inconstitucionalidades algunas disposiciones sobre el embarque y transporte de los toros.

Grupos animalistas expresaron su disconformidad con la decisión. La presidenta del Partido Animalista (Pacma), Silvia Barquero, recordó la importancia de que la prohibición de las corridas «se hiciera a nivel estatal y no por comunidades autónomas».