Tribunales

El Gobierno rechaza indultar por cuarta vez a María Salmerón

La sevillana, condenada por no permitir que su hija fuese visitada por su exmarido, a su vez condenado por violencia machista, tiene pendiente una pena de nueve meses de cárcel

María Salmerón (en el centro), junto a la concejala de Adelante Sevilla Eva Oliva (a la derecha) en una concentración a favor de su indulto, el pasado 22 de abril
María Salmerón (en el centro), junto a la concejala de Adelante Sevilla Eva Oliva (a la derecha) en una concentración a favor de su indulto, el pasado 22 de abrilIUIU

El Gobierno ha rechazado la cuarta y última petición de indulto solicitada por María Salmerón, pendiente de ingresar en la cárcel por no permitir a su marido -condenado por violencia machista- las visitas a su hija. La decisión se basa en que es reincidente y en la negativa del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, que la condenó a nueve meses de cárcel por un delito continuado de desobediencia grave a la autoridad con la agravante de reincidencia. Este mismo órgano judicial, en una sentencia dictada el 9 de junio de 2020, acordó que continuara en libertad hasta que el Consejo de Ministros resolviera sobre la petición de indulto efectuada por el abogado de la mujer.

El Consejo de Ministros, “por imperativo legal”, deniega el indulto a Salmerón al “tratarse de una persona reincidente y haber sido informado el indulto negativamente por el tribunal sentenciador”, según han explicado a Efe fuentes de Justicia.

Recuerdan que la ley exceptúa de la posibilidad del indulto a los reincidentes “en el mismo o en otro cualquiera delito por el cual hubiesen sido condenados por sentencia firme”, salvo que a juicio del Tribunal sentenciador o del Consejo de Estado “hubiera razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgarle la gracia”, circunstancia que no se ha producido en este caso.

Los informes del Juzgado de lo Penal número 6, la Fiscalía y el exmarido son desfavorables, a lo que se suma que ella no ha satisfecho las responsabilidades civiles, según el Gobierno.

María Salmerón, que fue condenada por no acudir varias veces entre 2012 y 2014 a un punto de encuentro familiar a entregar a su hija a su exmarido, condenado por maltratarla, ya anunció en su día que pensaba llegar “al Constitucional, a Estrasburgo y a la ONU”. Así se expresó después de que el juzgado ordenase el 10 de julio de 2020 el “inmediato cumplimiento” de la pena de nueve meses de cárcel.

La mujer calificó la condena de “injusta” porque su hija, que entonces tenía trece años, “decía que no quería ir con su padre”, quien fue condenado a veintiún meses de cárcel por malos tratos. “No podía cogerla por los pelos y arrastrarla al punto de encuentro”, contó Salmerón, quien recordó que una jueza de Dos Hermanas eximió a la niña de ese trámite y le dijo “que vería al padre cuando y donde ella quisiera”.

El juzgado de lo Penal y la Audiencia Provincial de Sevilla, en cambio, “han dado más trascendencia a la directora del punto de encuentro, que nunca vio a la niña, y a la pareja del padre”, pero “no han considerado la voluntad de la niña”, según Salmerón.

“La juez dicta auto de prisión basándose en la hoja histórico-penal, a pesar de que no he cometido ningún delito en los cinco últimos años. Proteger a mi hija no es delito”, señaló Salmerón.

Su defensa llegó a presentar un incidente de nulidad que la Audiencia desestimó y a continuación interpuso un recurso de reforma contra el auto de ingreso en prisión y un recurso de súplica como paso previo a pedir amparo al Tribunal Constitucional, según informó su abogado, José Estanislao López.

“Nuestra intención es sacar esto fuera de España porque las mujeres y los menores no tenemos justicia en España. El dinero, para el maltratador, y las mujeres, al hoyo”, lamentó Salmerón, también condenada a indemnizar con 3.000 euros a su expareja, Antonio Domingo Ruiz Daza.