
Tribunales
El TSJA confirma la condena a 12 años a un hombre por agredir sexualmente a su sobrina nieta menor durante 3 años
El condenado alegó que "hubo entre ambos relaciones sexuales consentidas"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado, en todos sus términos, la sentencia que dictó en julio de 2024 la Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba, que condenó a un hombre a 12 años de prisión por agredir sexualmente, de forma continuada, entre 2016 y 2019, a su sobrina nieta, cuando ésta contada entre 13 y 16 años de edad y se quedaba a dormir en su domicilio, para acudir con más facilidad al instituto.
De este modo y según recoge el fallo del TSJA, al que ha accedido Europa Press, desestima el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia que presentó el abogado del condenado, alegando que vulneraba "su derecho fundamental a la presunción de inocencia", e invocando el principio 'in dubio pro reo'.
Para ello argumentó que "el testimonio mantenido" por la víctima "no es creíble ni verosímil" y "que no se halla corroborado por ninguna prueba ajena al mismo que lo confirme", ya que "hubo entre ambos relaciones sexuales consentidas" y que no hubo por el condenado "violencia ni superioridad física alguna".
Sin embargo, en los hechos probados de la sentencia se recoge que el acusado, "con la excusa de jugar con la menor y aprovechándose de su ascendiente sobre la misma", de forma frecuente y durante tres años, le hacía "tocamientos" en los senos y la zona genital, llegando también a introducir los dedos en la vagina de la niña, a la que, finalmente, en octubre de 2019, penetró vaginalmente, a pesar de la oposición de la menor, que entonces contó lo ocurrido a una amiga y a sus padres.
Además, la Audiencia de Córdoba, en su sentencia, ahora respaldada en todos sus términos por el TSJA, consideró "verosímil y convincente el relato mantenido" por la víctima "desde su inicial denuncia y reiterado en el juicio oral, con la ventaja que le confiere la inmediación procesal en la dirección y percepción de la prueba, especialmente la personal", y ahora el TSJA "no ve base para llegar a una conclusión contraria".
A ello se suma que, junto al testimonio de la menor, está "el informe pericial emitido por los profesionales del Instituto Nacional de Toxicología", en cuanto a que "se hallaron trazas de semen" en la vagina y las bragas de la menor, tras la agresión sexual que sufrió en octubre de 2019.
Por todo ello, la Audiencia lo condenó, siendo ahora ratificado por el TSJA, "como responsable, en concepto de autor, de un delito continuado de agresión sexual", con "la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas", a las penas de "12 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores por tiempo de 15 años".
También incluye la sentencia la "prohibición de aproximarse a la víctima o a su domicilio y comunicarse con ella, en los términos acordados en la orden de protección, por tiempo de 15 años, con imposición de la medida de siete años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena privativa de libertad; al abono de las costas, incluyendo las de la acusación particular", y a indemnizar a la víctima "en la cantidad de 20.000 euros".
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