El desafío independentista

Políticos presos, no presos políticos

La Razón
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Ha comenzado el juicio a los cabecillas del independentismo catalán que en 2017 decidieron comenzar a saltarse la ley para lograr sus objetivos políticos. Este juicio servirá (ya está sirviendo) para comprobar otra vez el rudimentario argumentario del nacionalismo catalán, incapaz no solo de lograr las mayorías políticas necesarias para lograr sus propósitos sino incapaz también de convencernos de que los pasos que han venido dando durante los últimos años y que los han llevado al banquillo de los acusados no suponen una vulneración flagrante de la legalidad vigente.

Conviene recordar algunos de los hechos por los que se los juzga: durante los días 6 y 7 de septiembre de 2017, tras ser vulnerados los derechos políticos de los diputados no nacionalistas y a pesar de las reiteradas advertencias del Gobierno de España, el Parlamento de Cataluña aprobó las denominadas leyes de desconexión que el Tribunal Constitucional anuló después por inconstitucionales; el 1 de octubre de 2017 se celebró el referéndum ilegal cuya celebración la Justicia prohibió y que la policía autonómica de Cataluña no solo no quiso impedir sino que incluso facilitó, consulta durante la cual y consecuencia de la misma se produjeron episodios de violencia callejera y graves disturbios; el 10 de octubre de 2017, Puigdemont, hoy huido de la Justicia, declaró la independencia de Cataluña, en otra gravísima decisión que no podía ignorar que supondría consecuencias penales y penas de cárcel, como en cualquier país democrático del mundo; el 27 de octubre de 2017, el Parlamento de Cataluña aprobó la declaración de independencia, la cual fue respondida por el Gobierno de Rajoy con la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española. Por estas y otras actuaciones concretas son hoy juzgados los 12 líderes del procés, acusados formalmente de los gravísimos delitos de desobediencia, malversación de caudales públicos (es decir, la utilización de dinero público para llevar a cabo actuaciones delictivas o prohibidas por la ley, delito penado con entre 6 y 8 años de prisión), sedición y rebelión.

Que se han cometido los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos y que algunos de los procesados serán condenados por ello es algo que parece claro, y lo que queda pendiente es de comprobar si serán condenados por rebelión o por sedición quienes están acusados de ello. La rebelión implica el alzamiento público y violento para derogar o suspender la Constitución o para declarar la independencia de una parte del territorio nacional. El Ministerio Fiscal entiende que hubo disturbios y enfrentamientos con las fuerzas de seguridad y, por lo tanto, violencia. Este tipo penal lleva aparejadas penas que pueden ir de los 15 a los 25 años de cárcel, e incluso de 30 para los casos en los que además se utilicen armas. La sedición, por su parte, no es un delito contra la Constitución sino contra el orden público: un alzamiento público para impedir la aplicación de una ley, el cumplimiento de una resolución judicial o administrativa o el ejercicio de sus funciones a una autoridad. Este tipo penal lleva aparejadas penas que van de los 10 a los 15 años.

Todo esto lo conocía cada uno de los que hoy están sentados en el banquillo de los acusados y además así fueron advertidos reiteradamente; sin embargo, a pesar de ello, decidieron seguir adelante. Es probable que pensaran que, declarada la República de Cataluña, no tendrían ya que rendir cuentas a la Justicia española. Como tal cosa finalmente ha podido evitarse, parece obvio que los cabecillas del procés pueden ser condenados a pasar una larga temporada en la sombra. Que ahora se lamenten de ello es, por lo tanto, absurdo e inútil; tenían que haberlo pensado antes.

Los acusados y acólitos insisten en tratar de vendernos la idea de que están siendo procesados por sus ideas políticas. Pero esto es una mentira flagrante. Están siendo juzgados y es posible que terminen siendo condenados por la realización de una serie de actos a todas luces ilegales. No por sus ideas independentistas sino por sus actos presuntamente delictivos. Ni Quim Torra ni Maddalen Uriarte, por poner solo dos ejemplos de quienes últimamente están insistiendo en ello, están procesados por independentismo; y no lo están porque, a pesar de defender la independencia de Cataluña o del País Vasco respectivamente, no han cometido actos que supongan vulneración de la legalidad vigente. Y, desde luego, los independentistas catalanes que permanecen en prisión preventiva no son presos políticos sino políticos presos por haber vulnerado presuntamente la legalidad vigente.

Insisten en reclamar y ejercitar el denominado derecho a la autodeterminación de Cataluña. Sin embargo, no existe tal derecho salvo para las colonias o territorios donde se cometen gravísimas vulneraciones de derechos humanos. En el fondo, lo que ellos pretenden no es otra cosa que impedir que los restantes ciudadanos españoles podamos ejercer nuestro derecho a decidir el futuro de España. Y es que la parte no puede decidir por el todo. La soberanía corresponde al conjunto del pueblo español. El futuro de España lo decidimos entre todos.

La vía que tienen para alcanzar sus objetivos políticos es modificar la Constitución Española para incluir el derecho a la autodeterminación en nuestra Carta Magna, para lo cual deben convencer a una amplia mayoría de grupos políticos y diputados de las bondades de semejante medida que yo no dudo en tildar de profundamente reaccionaria (es mejor unir que separar y derribar fronteras que levantarlas). Pero ese es el camino que deberían haber seguido, en lugar de incurrir en gravísimas vulneraciones de nuestro ordenamiento jurídico. Y es que las leyes pueden cambiarse, pero para ello no queda otra que seguir los procedimientos legalmente establecidos. En lugar de ello, prefirieron saltarse la ley. Y el diálogo y la negociación políticos se desarrollan en las instituciones democráticas, no en mesas extraparlamentarias o foros opacos sin control ciudadano. En eso consiste y así se lleva a cabo el diálogo en democracia.

En mi opinión, los acusados cometieron un golpe de Estado contra nuestra democracia. No obstante, es solo una opinión y quien dictará sentencia es el Tribunal Supremo. A este tribunal corresponde juzgar los hechos, decidir los delitos que se cometieron (y si se cometió sedición o rebelión) y dictar sentencia. La sentencia que se emita habrá que respetarla y acatarla. Y yo espero que no haya ningún tipo de impunidad. Por justicia y para que tales actos no se repitan en el futuro.