Covid
Catorce días con la restauración, centros comerciales y deportivos bajo techo cerrados a cal y canto
Entran en vigor desde hoy nuevas medidas más restrictivas en toda la Comunidad ante el agravamiento de casos por el virus
Nuevas medidas restrictivas de la Junta en toda Castilla y León que entran en vigor en el día de hoy ante el agravamiento de casos por Covid en los últimos días, con una transmisión comunitaria no controlada y de riesgo extremo como atestiguan los últimos datos, con cerca de 2.000 contagiados este martes y con una incidencia acumulada que aumenta desmesuradamente cada día que pasa.
Desde la Junta se indica que la adopción de restricciones conllevará beneficios a corto, medio y largo plazo, tales como la limitación de contagios y de hospitalizaciones en plata y UCI, descenso de la mortalidad, reducción de la paralización de recursos sanitarios, afectaciones a la gestión de las listas de espera de otras patologías.
Las nuevas restricciones son las siguientes:
- Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales con las siguientes excepciones: Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías y sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos. Establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior.
- Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones: Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo. Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
- Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre. Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal. No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.
- Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
La Comunidad asimismo mantiene la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del territorio castellano y leonés, con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta, así como el toque de queda entre las diez de la noche y las seis de la mañana.
El período de vigencia inicialmente establecido es de catorce días, hasta las 23:59 h del 26 de enero, si bien la Consejería de Sanidad evaluará de forma continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de las medidas vigentes a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en función de su evolución.
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