Sucesos

Confirman tres años de cárcel para el acusado de matar con una navaja a la pareja de su madre en Nava del Rey (Valladolid)

El TSJCyL desestima los recursos interpuestos por las acusaciones particulares

El acusado S.F.M (d), de 20 años, asiste a la primera sesión de su juicio por presuntamente asestar cinco puñaladas en la cabeza a la pareja de su madre
El acusado S.F.M (d), de 20 años, asiste a la primera sesión de su juicio por presuntamente asestar cinco puñaladas en la cabeza a la pareja de su madreR. GarcíaAgencia EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a tres años de prisión al joven de 20 años Sansón F.M., quien había sido acusado de matar con una navaja a la pareja de su madre.

El TSJCyL ha desestimado así los recursos interpuestos por las acusaciones particulares personadas en la causa y ha ratificado “íntegramente” la sentencia de la Audiencia vallisoletana, según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Efe.

Los hechos por los que fue juzgado el encausado, mediante procedimiento de jurado popular, ocurrieron la madrugada del 8 de septiembre de 2018 en el municipio vallisoletano de Nava del Rey, donde habían permanecido de fiesta por la noche acusado y víctima.

La resolución judicial de la Audiencia, ahora confirmada, absolvió al procesado de los delitos de asesinato, por el que las acusaciones particulares pedían veinticinco años de prisión, y de homicidio, por el que el fiscal reclamaba doce años de cárcel.

Le condenó por un delito de lesiones causadas con medio peligroso en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia, con la concurrencia en el delito de lesiones de la circunstancia eximente incompleta de legítima defensa.

La sentencia estableció que para el cumplimiento de la pena impuesta debía abonarse al acusado el tiempo que hubiera estado privado de libertad por esta causa -estaba en presidio desde horas después del suceso- e hizo constar el parecer favorable del jurado a la aplicación de los beneficios de la suspensión de la pena.

Ordenó la puesta en libertad de Sansón F.M., quien debió fijar domicilio, que no podría abandonar sin autorización, y tendría que presentarse los días uno y quince de cada mes en la Audiencia. En el apartado de hechos probados que consideró el jurado en su veredicto, la sentencia afirmó que el procesado y el compañero de su madre, José C.C., de 49 años en el momento de los hechos, salieron a divertirse la noche del 7 de septiembre con motivo de las fiestas de Naval del Rey.

Sobre las 7,15 horas del día 8, cuando ambos regresaban a casa por la Calle Carretera de Castrejón, se inició entre ellos un incidente por motivos no conocidos. En el curso de ese incidente José, que tenía más corpulencia que el acusado, sacó y abrió una navaja de unos 35 centímetros de longitud con una hoja de aproximadamente 17 centímetros.

José lanzó dicha navaja hacia el cuerpo de Sansón, al que produjo un corte en la zona dorsal de la muñeca izquierda y que sujetó el arma a su oponente sin llegar a arrebatársela. En el transcurso del forcejeo, la navaja que tenía en la mano José (que sujetaba Sansón) impactó en varias partes de la cabeza e interesó la vena yugular, lo que ocasionó a la víctima la muerte por hemorragia aguda.

El magistrado, en función del veredicto, explicó que Sansón no tuvo intención de causar la muerte a José, pero sí de herirle y subrayó que, en el transcurso del forcejeo, José llegó a agarrar a Sansón de la camiseta que vestía, rompiéndola. Sansón no sacó de uno sus bolsillos una navaja de pequeñas dimensiones que llevaba y, cuando abandonó el lugar de los hechos José aún se encontraba en pie y con vida.