Tribunales

Ley del Solo sí es sí: Confirman la rebaja de dos años a un violador en León

El Alto Tribunal de Castilla y León ratifica el auto de la Audiencia leonesa que rebaja de nueve a siete años la condena de esta agresión ocurrida en 2019

El TSJ de Castilla y León ha sido quien ha condenado a la Gurdia Civil por discriminar salariamente a un agente por el mero hecho de disfrutar del permiso de paternidad
El TSJ de Castilla y León ha sido quien ha condenado a la Gurdia Civil por discriminar salariamente a un agente por el mero hecho de disfrutar del permiso de paternidadlarazon

La polémica Ley del Solo sí es sí impulsada por la ministra Irene Montero pero aprobada en el Congreso por todos los grupos salvo P y Vox sigue haciendo daño, más de medio año después con más de mil agresores sexuales, violadores y pederastas beneficiados, a pesar de que ya se ha reformado nuevamente, ya que este hecho no afecta a los casos anteriores que se beneficiaban de la primera.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado este jueves un auto de la Audiencia de León en el que, en aplicación de la ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, también conocida como la ley de 'solo sí es sí', se ha reducido la pena impuesta a un hombre acusado de agresión sexual por violar a su expareja, de nueve a siete años. O lo que es lo mismo, dos años menos de cárcel.

La sentencia señala que "el procesado, desde al menos los últimos años, con intención de quebrantar la salud física y psíquica de su pareja, la sometió a numerosas agresiones físicas, amenazas y vejaciones, golpeándola en el abdomen u otras partes del cuerpo, propinándole bofetones y empujones, con la única finalidad de someterla y amedrentarla".

También la menospreciaba, denigraba y amenazaba diciéndole que "no sabía dónde dar los golpes para que no se notaran, que 'no vales para nada, eres una mierda' o 'que iba a matar a su hija'" y, cuando ella le decía que tenía que abandonar el domicilio de su propiedad, él se negaba de manera agresiva manteniéndose en el mismo a pesar de que la relación estaba finalizada.

Añade la sentencia que "estos actos nunca fueron denunciados por temor a las represalias del procesado, entre ellas a que hiciera daño a la menor", salvo en una ocasión, en el año 2017, en que la víctima interpuso una denuncia que luego retiró.

"Dicha situación deliberada e insistente supuso un continuo atentado a la paz familiar que generó un clima de miedo y tensión en el ámbito familiar", según se advierte en el fallo.

La violación se remonta a las 5.00 horas del 10 de marzo de 2019, según recoge la sentencia de 17 de julio de 2020, cuando la víctima llegó al domicilio, el condenado le estaba esperando, y en cuanto accedió al mismo se dirigió a ella diciendo "tienes que dejar de trabajar, dame el móvil".

Posteriormente, la obligó a entrar en la habitación que compartían y allí la violó pese a las reiteradas advertencias de ella de que no quería mantener relaciones sexuales.