Cataluña

Sin jurar la Constitución, no debe haber cargo público

Meritxell Batet, reelegida como presidenta del Congreso de la XIV legislatura
Vista general del hemiciclo el Congreso en una de las primeras sesiones de la XIV legislaturaBallesterosAgencia EFE

La reciente propuesta del Gobierno en relación al nuevo contenido del Código de Conducta de las Cortes Generales no puede catalogarse de otra manera que de un atentado contra la Supremacía de nuestra Constitución Española, pues propone, nada más ni nada menos, que quienes elaboran nuestras leyes no la respeten en el momento que hagan juramento de su cargo ni para el ejercicio del mismo.

La Constitución es la Norma Suprema y el fundamento de nuestro ordenamiento jurídico, y tal y como reza su artículo 9 todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a ella, por lo que no puede concebirse no exigir a quien se compromete ejercer la función pública no asumir acatarla.

La Constitución es el resultado del ejercicio de la soberanía nacional del pueblo español, y recoge los principios y valores que regulan nuestros derechos y libertades más fundamentales y esenciales. La principal de las condiciones previas imprescindibles para el respeto de los derechos humanos en nuestro país reside precisamente en la supremacía jurídica de la Constitución, pues es garante último de dichos derechos. Si no hay respeto a la Constitución, no hay respeto a la democracia, ni tampoco al legítimo imperio de la ley, que nace precisamente de la soberanía popular que reside en el pueblo español y se concentra en el Parlamento y sus parlamentarios.

Resulta francamente preocupante, que nuestros colegas, junto a quienes constituimos nuestro sistema de separación de poderes, propongan abandonar al poder judicial en la esencial tarea de defender y ser garantes de la Constitución, pues es obligación de todos. Ello acentúa más si cabe el momento crítico y difícil que esta viviendo España, y deja solo en manos de los tribunales de justicia la obligación de trabajar por el Estado de Derecho, la democracia, la convivencia y la Constitución.

El Código de Conducta de las Cortes Generales no puede definirse de otra forma que como la guía que orienta al parlamentario en la recta dirección de su potestad legislativa, por lo que considerar que entre sus principios inspiradores no debe incluirse la referencia al actuar con pleno acatamiento y respeto a nuestra Constitución, vacía de contenido nuestro Estado de Derecho y sistema democrático, siendo que la inecesariedad y redundancia a la que apelan para justificar su propuesta podrían permitir de nuevo actuaciones ilegitimas que en esta ocasión se convertirían en derechos superiores a los derechos fundamentales.

Beatriz García-Valdecasas Alloza es magistrada y miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura