Hacienda
Los delitos en el modelo 720 prescribirán a los cuatro años y las sanciones no podrán superar el 50% de la cuota defraudada
Hacienda cambia el régimen sancionador de bienes en el exterior forzado por la Justicia europea
Hacienda ha tenido que dar su brazo a torcer y ha tenido que modificar el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) que consideraba algunos aspectos contrarios a Derecho, y ha rebajado las elevadas sanciones que contemplaba y reducido el plazo de prescripción a cuatro años. El Grupo Socialista en el Senado ha registrado varias enmiendas al Proyecto de Ley que modifica el Impuesto sobre Sociedades en relación con las asimetrías híbridas con el objetivo de aprovechar la tramitación de esta norma para reformar el citado modelo 720.
Los cambios introducidos por Hacienda suponen aplicar a esta norma las sanciones y plazos de prescripción contemplados en la Ley General Tributaria, por lo que el delito derivado del modelo 720 prescribirá a los cuatro años como es habitual en los delitos fiscales y las sanciones no podrán superar el 50% de la cuota defraudada, de acuerdo con el régimen general de la citada norma. Las enmiendas introducidas pasarán a Pleno la próxima semana, donde serán ratificadas para su posterior aprobación en el Congreso. Por tanto, los cambios podrían entrar en vigor en pocas semanas y afectarán, según precisa una de las enmiendas, a “los periodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido aún”.
En concreto, las enmiendas presentadas eliminan la “imprescriptibilidad de las ganancias patrimoniales no justificadas”, que el TJUE consideró como “desproporcionada”, de forma que la prescripción quedará establecida en cuatro años, siendo de cinco en el caso de los delitos fiscales y de diez años para los delitos fiscales agravados. Además, en cumplimiento con la sentencia del TJUE, las enmiendas suavizan las sanciones, pasando a ser de 200 euros por no presentar el modelo y de 150 euros por hacerlo de forma inadecuada. Estas sanciones hasta ahora ascienden a un máximo de hasta el 150% de la cantidad no declarada, por lo que fue considerada como abusiva por el TJUE.
El Ejecutivo recuerda en las enmiendas que la sentencia del TJUE ha dictaminado que determinados aspectos del régimen jurídico asociado a la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) incurren en incumplimiento de la normativa europea. En consecuencia, “se hace necesario modificar dicho régimen jurídico para adecuarlo a la legalidad europea”. El Alto Tribunal de Europeo declaró ilegal a finales de enero el sistema de sanciones que aplicaba Hacienda a los contribuyentes que no declaran correctamente y a tiempo sus bienes y activos en el extranjero, al concluir que se trata de una medida “desproporcionada” que contraviene el Derecho de la UE.
En su dictamen, el Tribunal de Justicia de la UE consideraba que tales multas “establecen una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales” y que, por tanto, contraviene el Derecho de la Unión. En concreto, la declaración de bienes en el extranjero contemplaba una sanción máxima que podía llegar hasta el 150% de la cuota defraudada, al tiempo que establecía multas de cuantía fija “muy elevadas”, según el TJUE, ya que se aplicaban a cada dato o conjunto de datos omitidos, e iban acompañadas, según los casos, de una cuantía mínima de 1.500 o 10.000 euros y su importe total no está limitado. Todo eso ya no entrará en vigor.
El tribunal europeo también ha rectificado la norma española aprobada por el anterior Gobierno del PP, que contemplaba que “los delitos derivados por la no comunicación de bienes en el extranjero no prescribían”, algo también cuestionado por el alto tribunal y que extendido solo a cuatro años.
Anualmente son alrededor de 60.000 los contribuyentes que presentan este modelo de declaración de bienes y patrimonio en el extranjero, con un importe total declarado en términos brutos de 225.200 millones de euros desde su entrada en vigor, mientras que las sanciones interpuestas alcanzan un importe de unos 230 millones de euros que podrían quedar anulados o reducidos tras la sentencia del TJUE.
María Jesús Montero ya adelantó que el Gobierno aprovecharía alguna ley en tramitación para introducir los cambios necesarios, con la finalidad de que pudieran entrar en vigor antes del 31 de marzo, que es cuando vence el plazo para presentar el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero referido al año 2020.
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