Derecho laboral
Bruselas amplía los derechos de los autónomos de Uber o Deliveroo
La Eurocámara quiere poner a fin a la precariedad y tipifica los contratos, su duración, salario y horario
La Eurocámara quiere poner a fin a la precariedad y tipifica los contratos, su duración, salario y horario.
El pleno del Parlamento Europeo ha dado hoy luz verde a la nueva legislación laboral con la que se busca reducir la precarización creciente de sectores propios de los trabajadores autónomos, incluidos los de plataformas como Uber, Cabify, Glovo o Deliveroo. En virtud de la nueva directiva, el empleador estará obligado a informar desde el primer día a todos los trabajadores de las características fundamentales de su contrato, incluida una descripción de las tareas asignadas, la fecha de incorporación, la duración, el salario y el horario tipo por jornada (o unas horas de referencia en caso de puestos con horarios impredecibles).
La normativa, dirigida a aliviar la precariedad creciente y que pone al día una directiva de 1991, también prevé derechos adaptados a cuestiones específicas que afectan a los trabajadores a demanda, que cobran con bonos o para plataformas en línea, como horarios predecibles y plazos para notificar la cancelación de contratos a demanda. En ese sentido, será cada país el que en su legislación especifique cuál es el plazo límite para cancelar un trabajo a demanda sin que tenga que ser igualmente retribuido. La nueva regulación también establece que el periodo de prueba no podrá rebasar los seis meses y la renovación de un contrato para el mismo trabajo no podrá conllevar un nuevo periodo de prueba. De la misma forma, los empleadores no podrán prohibir, penalizar o impedir a sus trabajadores a demanda la firma de contratos con otras empresas, siempre que sea fuera del horario laboral que ambas partes hayan pactado de forma predeterminada.
El ámbito de aplicación de la directiva, de la que fue ponente el eurodiputado español Enrique Calvet (ex UPyD) y en cuya negociación también participó Javi López (PSC), no incluye a trabajadores contratados por menos de siete días. Tampoco estarán cubiertas las empleadas del hogar contratadas directamente por un núcleo familiar, entre otros colectivos, como servicios de emergencia, marineros y trabajadores del sector público. El texto final fue aprobado con 466 votos frente a 145, y 37 abstenciones.
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