Finanzas

El Gobierno aprueba la ley de solvencia para evitar nuevas crisis financieras

Limita los sueldos de los consejeros bancarios y exige más colchones de capital

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ayer, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ayer, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministroslarazon

El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito. El objetivo: evitar que la banca cometa los excesos que acabaron provocando la crisis de 2008 y que ésta esté mejor preparada para abordar futuras crisis. El proyecto, que ahora se enviará a las Cortes para su tramitación por vía de urgencia, se divide en tres bloques.

El primero de ellos impone límites al número de consejos en los que puede participar un consejero y que no podrán ser más de dos si ejercen funciones ejecutivas y más de cuatro si no ejercen dichas funciones. Se prohibe el ejercicio simultáneo de los cargos de presidente del consejo de administración y consejero delegado (excepcionalmente será autorizado por el Banco de España). Asimismo se limita la remuneración variable al 100% de la remuneración fija salvo que la junta de accionistas autorice hasta el límite máximo del 200%. Una parte de la remuneración variable deberá estar sometida a cláusulas de reducción o incluso de recuperación. Se exige a las entidades la publicación de las retribuciones totales percibidas anualmente por todos los miembros de su consejo de administración.

En el segundo bloque, referido a la supervisión, se fija por primera vez la obligación expresa del Banco de España de presentar al menos una vez al año un programa supervisor que recoja el contenido y la forma que tomará la actividad supervisora y las actuaciones a emprender en virtud de los resultados obtenidos. Este programa incluirá la elaboración de un test de estrés al menos una vez al año. Además se establece la obligación de las entidades de crédito de publicar anualmente el denominado Informe Bancario Anual, que incluya datos como el número de empleados, los impuestos a pagar o las subvenciones públicas recibidas, entre otros. Dentro de este bloque se incorporan todos los nuevos requisitos de solvencia que son competencia del país. La norma permite a los supervisores nacionales, como el Banco de España, exigir niveles de capital superiores a los establecidos en el reglamento europeo que por regla general obliga a tener un colchón del 4,5% de los activos ponderados a partir de 2015.

Habrá cinco colchones de capital, uno para conservar el capital y asumir pérdidas inesperadas, que se aplicará desde el 1 de enero de 2016 y será del 2,5 % en 2019. Otro anticíclico específico, que será también del 2,5% desde enero de 2016. Un tercero y un cuarto para entidades de importancia sistémica mundial o regional, de entre el 1% y el 3,5%, y un quinto contra riesgos que puede llegar al 5%.

En el último bloque, lo más destacable es el cambio en la composición de la Comisión Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos, que estará integrada por 11 miembros. Un representante del Ministerio de Economía, uno del de Hacienda, cuatro del Banco de España y cinco por las asociaciones representativas de las entidades de crédito adheridas (tres de bancos, uno de cajas y uno de cooperativas).