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Fiscalidad

Un error del Gobierno obligará a todos los perceptores del SMI a pagar hasta 170 euros en el IRPF

El Registro de Asesores Fiscales del CGE advierte de que la enmienda de PSOE y Sumar que iba a evitar el pago solo regula el tramo general, pero no la cuota autonómica, por lo que están obligados a pagar

Montaje de Yolanda Díaz y María Jesús Montero EP/ Alberto R. Roldán

Una falla en el texto de la enmienda presentada por PSOE y Sumar para que los trabajadores que cobren el salario mínimo interprofesional (SMI) no tengan que pagar IRPF en 2025 va a provocar que, al final, todos los perceptores deban afrontar el pago en la declaración de la renta, que podría elevarse a un importe de 170 euros. Todo se debe a un error en la configuración legislativa de dicha enmienda, que todavía está pendiente de aprobación. Un descuido que ha detectado el Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Colegio General de Economistas (CGE), que advierte de que «si no se corrige, se impedirá que los perceptores del SMI recuperen el 100% de las retenciones que les practiquen este año por IRPF».

Ambos socios de Gobierno llegaron a un acuerdo para que las empresas apliquen retenciones en las nóminas de los miembros de su plantilla que perciban el SMI y puedna luego deducirlas en la declaración de la Renta y recuperar así lo pagado. Con esta medida, el Gobierno daba luz verde a una deducción de 340 euros, equivalente al mismo importe que se iba retener en sus nóminas.

Los fiscalistas de ambas formaciones plantearon una deducción dual para conseguirlo: primero, mediante la aplicación del 50% de la deducción sobre el tramo estatal del IRPF –que serían en torno a 170 euros– y, segundo, aplicar la otra mitad sobre el tramo autonómico. Sin embargo, no tuvieron en cuenta que únicamente modificaban el artículo 68 de la Ley del IRPF, en el que se añade el apartado sexto, para que los contribuyentes puedan aplicar la mitad de la deducción en el tramo estatal, pero se olvidaron de cambiar el 77, para poder regular la parte de la deducción en el tramo autonómico. La consecuencia es que si finalmente se aprueba esta enmienda sin cambiar la tipología de su redacción, los trabajadores que cobren el SMI solo podrán recuperar la mitad de las retenciones que se les han practicado y, por tanto, tendrán que pagar por su sueldo hasta 170 euros al año por el tramo autonómico.

«Suponemos que esto evidentemente se corregirá, porque la voluntad es que esta deducción reste de ambas cuotas», señaló Raquel Jurado, técnica del REAF, que para que los trabajadores afectados recuperan sus retenciones, aboga por introducir «una deducción variable según la comunidad autónoma en la que resida el ciudadano, ya que la cuota diferencial a pagar en cada región depende de la tarifa autonómica». Haciéndolo así «cuadrarían los números y se recuperaría todo lo tributado, aunque el tipo mínimo superara al estatal».

El pago que deben afrontar si no corrección se delimita según las diferencias de cada tramo regional, que es diferente para cada territorio. Las regiones en las que este tramo es mayor son Castilla-La Mancha, Cataluña, Aragón y Murcia, en las que rozaría los 170 euros. En Baleares y Castilla y León, llega a 160,8 euros, y así hacia abajo en el resto: Canarias (155,8 euros); Cantabria (151,9); Andalucía, (146,9); Extremadura y La Rioja (142,9); y Galicia (139,3). La Comunidad de Madrid es la que tendría la cuota más baja, 117,3 euros.

Valentín Pich, presidente del CGE, califica como «muy desatinada» la redacción de la enmienda y Agustín Fernández, presidente del REAF, critica con dureza la técnica legislativa utilizada porque «es técnicamente peor que la regulada para el 2024, ya que estos trabajadores adelantan el pago del Impuesto en 2025 y, posteriormente, quedan obligados a presentar la declaración para recuperar las cantidades ya satisfechas».

Pich también expresó su malestar por la no regulación de la prórroga del régimen de módulos y la devolución de las cantidades adeudadas a los antiguos mutualistas. Para Pich, “se ha tardado mucho en reaccionar” y esto ha generado “un clima de inseguridad jurídica y de incertidumbre que no es bueno para nuestro sistema tributario. No es aceptable que se regule materia fiscal por ley y, posteriormente, se reinterprete la misma sin pasar por el Boletín Oficial del Estado (BOE)”. Fernández también se pronunció sobre estas devoluciones a los mutualistas y los cambios normativos al respecto, defendiendo que “las reglas de juego en cualquier sistema tributario que se considere serio han de estar claras y no se puede legislar de un día para otro, porque genera inseguridad en todo el mundo, contribuyentes, asesores e inversores”, subrayó el presidente del REAF.

Asimismo, el presidente del CGE señaló la importancia de deflactar la tarifa y aumentar los mínimos para que los contribuyentes no pierdan poder adquisitivo.