Puertos del Estado
Fomento fija servicios mínimos de hasta el 100% para la huelga de estibadores
Los paros están convocados en días alternos y en horas impares hasta el próximo 9 de junio
Los paros están convocados en días alternos y en horas impares hasta el próximo 9 de junio
El Ministerio de Fomento ha fijado unos servicios mínimos de hasta el 100 % durante la huelga convocada por los estibadores a partir del día 24 en las operaciones que afecten a mercancías perecederas y peligrosas, pasajeros, situaciones de emergencia y productos esenciales para las islas, Ceuta y Melilla.
Además se exigirá el porcentaje necesario del servicio para garantizar un rendimiento no inferior al 50 % del promedio del año natural anterior en jornada comparable (horario y tipo de mercancía), según la resolución del Ministerio de Fomento.
Los sindicatos Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), UGT, CCOO, CIG y CGT han convocado ocho jornadas de huelga en días alternos, excluidos los fines de semana, durante las horas impares comenzando desde las 08.00 horas del 24 de mayo (miércoles) hasta las 08.00 horas del día 25.
La convocatoria de huelga es exactamente igual en horas impares y con comienzo desde las 08.00 horas en las jornadas siguientes: 26, 29 y 31 de mayo (miércoles) y 2 de junio (viernes), 5, 7 y 9 de junio (viernes).
La huelga está convocada en días alternos y en horas impares, es decir al 50 %, pero ello no implica, según la resolución, que sus efectos se limiten a los periodos de paros.
Una huelga de esta duración en un sector de actividad del que depende el desarrollo económico y abastecimiento de la población, es de "suficiente entidad"para establecer unos servicios mínimos que eviten que se ocasione un "quebranto irreversible"en el sector productivo del país.
Fomento argumenta que con la huelga, al interrumpirse el servicio cada hora, se produce un proceso de arranque del servicio cada dos horas por lo que los efectos prácticos de estos paros "pueden ir mucho más allá del 50 %, incluso al 100 %"de la jornada laboral que consta en la convocatoria.
Los servicios mínimos serán del 100 % en el caso de las operaciones que afecten a mercancías perecederas o peligrosas, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para personas e instalaciones.
También se ha fijado este porcentaje para los servicios necesarios para garantizar el abastecimiento, la atención sanitaria y los suministros especiales y esenciales a los territorios insulares, Ceuta y Melilla.
En la misma situación se encuentran las operaciones en buques mixtos para no afectar al servicio de pasajeros de línea regular y los servicios necesarios para atender situaciones de emergencia o siniestros en buques de mercancías.
Las empresas estibadoras deberán comunicar a las sociedades anónimas de gestión de estibadores portuarios (sagep) y a las autoridades portuarias sus previsiones sobre el movimiento de mercancías con 24 horas de antelación.
Puertos del Estado y las autoridades portuarias vigilarán "el más estricto cumplimiento de lo dispuesto, proponiendo a la vista de las incidencias en su caso surgidas, las medidas que considere conveniente deban aportarse", añade la resolución.
En España, el 78 % de las importaciones y el 57 % de las exportaciones se hacen a través de la red de puertos comerciales, de forma que la economía española es "especialmente sensible a la continuidad de la actividad portuaria".
Cualquier ruptura en esa continuidad afecta "extraordinariamente"a los sectores cuya actividad depende de la importación de materias primas u otros productos, sobre todo en la producción industrial, y a la exportación de mercancías fabricadas en España con destinos a clientes, que disponen de otra alternativas para proveer sus mercados, por lo que el sector exportador español "podría verse desplazado".
Efe
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